¿Qué ampara un seguro de auto alquilado?

Por Mara Delgado 22 de junio de 2018 Tiempo de lectura estimado: 8 minutos

Al viajar a otra ciudad o incluso cuando se descompone el vehículo de casa, es más práctico y barato alquilar una unidad. Y es que por algunos días y hasta por un mes se puede disfrutar de los beneficios de un auto rentado, como viajar protegido de los diversos riesgos a los que el conductor y el vehículo pueden estar expuestos.

En México todas las personas que contratan un coche temporalmente adquieren un seguro obligatorio que viene incluido en el precio de su alquiler. Esta póliza consiste en cubrir los daños y lesiones ocasionados a terceros en sus bienes y personas, y es la protección mínima que se exige por ley para todo tipo de automóvil que circule por territorio mexicano. En términos monetarios la indemnización que ofrece puede llegar a ser de hasta 4 millones de pesos, pero dependerá de cada compañía.

Sin embargo, aunque es imperiosa la cobertura de Daños a Terceros a la hora de alquilar, no es forzoso que se tenga que elegir la que ofrezca la compañía arrendataria, el contratante está en la libertad de declinar y elegir la garantía de este tipo que más le convenga, es decir puede ser de otra institución de seguros.

Cabe señalar que si el contratante declina de dicha cobertura ofrecida, el monto mínimo de garantía de renta que se retendrá en la tarjeta de crédito será de $45 000 pesos o de $2,500 dólares, dependiendo la empresa.

Garantías de protección para coche arrendado

A diferencia de un auto particular convencional es poco común encontrar una póliza específica para este tipo de coches, más bien lo que ofrecen comúnmente las compañías son las protecciones, lo que beneficia al conductor en el ahorro porque puede elegir sólo las garantías que realmente necesita. Algunas de las coberturas que puede elegir un arrendatario, además de la básica de Daños a Terceros o “Third-Party Liability” (TPL) son las siguientes:

Cobertura de Daños Materiales y Robo (CDW-TP)

“Collision Damage Waiver” (CDW) o cobertura parcial por colisión, es el término común en inglés que utilizan las arrendadoras para esta cobertura. Ampara los daños materiales que sufra el carro rentado a consecuencia de choque o vuelco, fenómenos de la naturaleza, vandalismo e incendio, incluyendo la pérdida total. De manera complementaria considera dentro de sus beneficios apoyo en caso de Robo Total o “Theft Protection” (TP) de la unidad bajo la aplicación inexcusable de un deducible que en general es de 10% del valor comercial del vehículo rentado.

Algunos centros de renta eximen del pago de deducible en caso de daños materiales si se contrata una garantía llamada Protección de deducible. Cabe señalar que la mayoría de las empresas incluyen este seguro pero no está de más que los interesados se encarguen de averiguar si ésta viene referida en el contrato.

Protección de Gastos Médicos Ocupantes (PAI)

“Personal Accident Insurance” (PAI) es una cobertura que se puede pagar adicionalmente a la de Responsabilidad Civil. Ésta se hace cargo de los costos por lesiones corporales que sufra el conductor o cualquier ocupante del vehículo en renta a raíz de un accidente automovilístico, siempre y cuando se encuentren dentro de la cabina para traslados del carro y no se exceda el número de pasajeros permitidos para la unidad.

La suma asegurada destinada para dicha cobertura puede variar entre empresas pero puede llegar hasta $400 mil pesos y también se hace cargo de los gastos funerarios en caso de muerte de los pasajeros.

Asistencia Vial en el Camino (RSA)

Es una garantía que presta los servicios de reparación y auxilio en carretera por motivo de accidente. Algunas compañías incluyen las fallas causadas por averías mecánicas, es decir, las que se originan por factores internos del vehículo o por causas del uso normal.

La asistencia es de dos tipos:

  • Asistencia Vial: en caso de descompostura, falla mecánica, falta de combustible, neumático ponchado o acumulador descargado (batería), que impida la circulación de la unidad. Al igual que cualquier cobertura de avería mecánica, se brindará el servicio de traslado de gasolina y llenado del tanque de combustible, sin embargo el importe del carburante no será incluido dentro del servicio. Al entregar el vehículo el conductor tendrá que pagar su costo.
  • Servicio de cerrajería: cubre cuando al conductor se la han extraviado, dañado u olvidado las llaves dentro de la unidad. Consiste en llevarle al asegurado el duplicado o en enviar al proveedor especializado para la apertura del auto. Cuando se extravían o dañan las llaves sólo se incluye el servicio de asistencia, ya que el costo de compostura o reposición será absorbido por el cliente y generará un cargo extra al cierre del contrato

El alcance geográfico varía entre compañías pero en general es de 40 km a partir de la sucursal de renta que se haya contratado.

Eliminación de Deducible (DP)

Es un beneficio que algunas empresas de renta tienen, el cual consiste en dejar en ceros el porcentaje extra a pagar en un siniestro donde se tenga que hacer uso de la protección de Daños Materiales (CDW). Sin embargo, no aplica para Robo Total y el deducible se mantiene al 10%.

¿Qué requisitos se necesitan para asegurar un auto de alquiler?

Cada empresa estipula sus propias políticas es por ello que pueden variar entre compañías, sin embargo en general cualquier persona interesada en proteger un coche de renta deberá tomar en cuenta lo siguiente:

  • Mayoría de edad: tener 18 años cumplidos, no obstante se pide un cargo adicional por día de uso a los arrendatarios que tengan menos de 25 años. El cual puede ser desde $125 pesos.
  • Identificación Oficial: que sea vigente y con fotografía, puede ser el INE o pasaporte.
  • Licencia de conducir vigente: tanto el conductor designado como el adicional deberán presentar su permiso.
  • Tarjeta de crédito: es obligatoria, ya que mediante la retención temporal de cierto cargo a éstas, las empresas arrendadoras que ofrecen coberturas se protegen del riesgo que implica dar en alquiler un carro, es una especie de depósito a modo de garantía. La tarjeta debe estar a nombre del titular de la renta, debe tener fondos suficientes y una antigüedad mínima de un año. Sin embargo, el pago final del alquiler se puede hacer mediante una tarjeta de débito.

Para contratar se debe dar una Garantía de Renta

Al momento de la apertura del contrato de alquiler que incluya seguro se solicita una tarjeta de crédito para realizar una pre-autorización como garantía de la renta que puede ir desde los 5 mil pesos en adelante, dependiendo de la categoría del auto, número de días de renta, protecciones y servicios adicionales contratados, así como cargos finales resultantes de la renta. Como se mencionó anteriormente sólo se puede dar el monto con tarjetas de crédito, al momento de regresar el vehículo se puede pagar con tarjeta de débito.

El monto a manera de pre-pago corresponde a un 10 % del costo del valor comercial del vehículo y es variante según las coberturas contratadas. Cabe destacar que entre menor sea la protección elegida mayor será la garantía que se retendrá en una cuenta de crédito, por ejemplo, si se renta un Matiz o similar el monto congelado con una contratación de Daños Materiales será de $12,000 MXN, pero sin ésta se eleva a $120,000.00 MXN.

La garantía se reembolsará cuando el vehículo sea devuelto sin daño ni le falte alguna de sus partes o bien, en caso de que existan los anteriores, cuando los menoscabos hayan sido reparados por el cliente.

¿Dónde se aseguran los carros de arrendamiento?

Para contratar una protección para este tipo de coches los interesados pueden acudir a las empresas de renta de autos directamente o pueden solicitar el servicio en la página web de las mismas.

También un coche de renta puede obtener protección a través de las tarjetas de crédito de líneas premium, ya que un seguro para autos de alquiler es uno de sus beneficios principales. Cabe destacar que los tipos de coberturas que se ofrecen para los tarjetahabientes consisten en Responsabilidad Civil, protección de Daños Materiales por colisión incendio o vandalismo y Robo Total del vehículo.

Un carro de alquiler asimismo puede ser protegido en las compañías de seguros pero sólo con las pólizas que incluyan una extensión de Responsabilidad Civil, la cual es una cobertura que consiste en indemnizar los daños materiales y lesiones ocasionados a terceros cuando un conductor maneja un auto de alquiler que sea distinto al coche asegurado que se estipula en la póliza, pero con características similares. Es decir, si una persona ha contratado una póliza de éste tipo, cuando alquile un carro similar de alquiler estará cubierto en caso de siniestro donde se vean afectadas terceras personas.

Es muy importante que a la hora de rentar un auto se comente al arrendador la manera en que se elige quedar protegido, así como también leer las cláusulas del contrato.

Cabe destacar que ninguna empresa de alquiler puede obligar a contratar el seguro que éstas ofrecen, los clientes pueden declinar a dicho beneficio y siempre y cuando comprueben que tienen ya otra protección contratada. Incluso las personas que tengan una cobertura a través de su tarjeta de crédito pueden pedir que un administrador de reclamos se contacte con el arrendador para que confirme que están protegidos o pueden sacar un “certificado de cobertura” con su proveedor de póliza, para presentarlo a la hora de contratar.


Mara Delgado
Escrito por:
Mara es egresada de la FCPyS UNAM, experta en creación y posicionamiento de contenido escrito y audiovisual en entornos digitales. Se especializa en seguros e insurtech.
Revisado por Ángel Hidalgo

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