¿En qué consiste el seguro de un estacionamiento público?

Por Mara Delgado 1 de noviembre de 2018 Tiempo de lectura estimado: 8 minutos

En México por disposición oficial los estacionamientos del tipo autoservicio, acomodadores de vehículos o valet parking deben contar con un seguro de Responsabilidad Civil o fianza que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudieran sufrir como algún golpe y daño parcial o un robo total, sin importar si se trata de un auto, moto o bicicleta. También dicha protección ampara a los usuarios si sufren algún tipo de lesión dentro del establecimiento.

Cabe aclarar que cada estado de la República cuenta con su propia legislación, por lo que habrá que recurrir a ella si se ha tenido algún percance vehicular mientras el auto se encontraba dentro del establecimiento.

Entidades como la Ciudad de México y el Estado de México cuentan con los mayores parques vehiculares del país, la primera con 5.1 millones y el segundo con 4.7 millones de autos de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), lo que ha convertido en un verdadero problema encontrar espacios libres y seguros para aparcar. Por esta razón los estacionamientos públicos de cuota se han vuelto muy populares.

Tan sólo en la capital se estima que en la última década de los 16 millones de metros cuadrados construidos para desarrollos inmobiliarios el 42% son estacionamientos, por lo que existen cerca de 6.5 millones de cajones para autos, según el Instituto de Políticas para el Transporte y Desarrollo. Sin embargo, la proliferación de espacios de paga para resguardar el automóvil de los peligros de la calle, no garantiza que la unidad se mantenga segura, ya que no todos los negocios de este tipo cumplen con sus obligaciones legales como contar con el seguro de daños a terceros obligatorio para estacionamientos que estipula la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México.

¿Qué riesgos ampara el seguro obligatorio de los estacionamientos?

Los automovilistas que hayan dejado su coche en un estacionamiento que esté asegurado conforme a la ley podrán estar más que tranquilos porque contarán con la garantía de que el propietario del lugar responderá ante casi cualquier siniestro que le ocurra a él y a su vehículo, y lo hará a través de una indemnización.

Los clientes a través de esta póliza están protegidos ante un robo total de su vehículo, el cual será indemnizado con base en el valor comercial de la unidad sustraída hasta la fecha de la sustracción, esto quiere decir que se dará al afectado la cantidad monetaria correspondiente al valor de venta del automóvil, moto o bicicleta al público en el mercado automovilístico mexicano. Pero esta cobertura será válida sólo cuando el propietario del predio ejerza un estricto control de las entradas y salidas de los visitantes, mediante el uso de boletos o contraseñas y si el estacionamiento está debidamente bardeado.

Además los usuarios quedan respaldados en caso de que ocurra un incendio o explosión y si hay un accidente provocado por un elevador de autos o de personas, rampa o escalera eléctrica del inmueble. Asimismo si en el lugar se realizan labores de trabajo con máquinas y resultan lesionados o con detrimentos en su transporte. También ampara cuando el cliente tiene un accidente en el baño del estacionamiento, si un perro guardián llega a morderlo o lesionarlo o si algún cartel publicitario le produce algún daño.

Y si el sistema bajo el que opera el establecimiento cuenta con acomodadores, el seguro de estacionamiento brinda una cobertura para colisiones y vuelcos durante las maniobras realizadas por el trabajador, pero sólo lo hará cuando éste cuente con la licencia apropiada para conducir el vehículo.

Cabe destacar que en el caso de la ciudad de México las sumas aseguradas con las que deberá contar un seguro de estacionamiento deberán ser de hasta de hasta 9000 veces Unidad de Cuenta (UC) de la Ciudad de México por vehículo, 2000 veces UC por motocicleta y 500 veces UC para bicicleta.

¿Qué no ampara el seguro de un estacionamiento?

Como cualquier otra póliza no se hará cargo de siniestros específicos como los daños que ocurran en automóviles, motos o bicicletas de los empleados del estacionamiento o aquellos que el asegurado tenga en custodia porque están destinados a ser vendidos.

Además los usuarios deberán ser muy precavidos con lo que guardan en el auto o dejan a la vista porque no estarán protegidos en caso de pérdidas de mercancías, dinero, ropa, herramientas, refacciones o cualquier otro objeto que se encuentre en el interior del coche, aunque sean consecuencia de un robo total. Asimismo se recomienda que estén muy atentos al pavimento del establecimiento y objetos punzocortantes que puedan reventar algún neumático

Otros riesgos que no ampara el seguro de estacionamiento es el robo parcial de cualquier componente de vehículos como llantas, calaveras, molduras, defensas, equipo de sonido y aquellos daños que sufran los vehículos por servicios adicionales prestados por el personal del estacionamiento como lavado y encerado, así como por productos utilizados para dichos trabajos.

Los asegurados y beneficiarios también deberán tener en cuenta que no podrán ser respaldados por detrimentos a consecuencia de terremoto, erupción volcánica o a consecuencia de la penetración de agua de lluvia o en caso de inundación del predio.

También  quedan excluidos los desperfectos que sufran los vehículos al ser manejados por el asegurado o sus empleados y éstos carezcan del tipo de licencia adecuada.

¿El valet parking cuenta con seguro que proteja el auto?

Al menos en la Ciudad de México el servicio de acomodadores en las calles es un negocio consolidado y al pertenecer a empresas legalmente establecidas también están obligados por ley a contar con un seguro de Responsabilidad Civil, éstos al igual que los estacionamientos deben brindarle al usuario algún tipo de comprobante o boleto que será el principal elemento que permitirá al usuario hacer uso del seguro en caso de necesitarlo.

¿Quién cobra el seguro de los estacionamientos?

Es importante aclarar que la persona que será indemnizada es el titular de la póliza o asegurado, es decir, el dueño o arrendatario del establecimiento, pues es quien ha contratado una póliza para proteger su negocio y clientes y el que abona una cantidad regular de dinero para disponer de servicios de emergencia en caso de siniestro. Esto se debe a que la obligación formal de la institución aseguradora es siempre con el titular de la póliza, por lo tanto, en sus manos recae la responsabilidad de resarcir cualquier daño ocasionado a un tercero.

En otras palabras, los usuarios del servicio también son beneficiarios del seguro en el sentido de que a través de dicha protección obtienen la garantía de que cualquier perjuicio hacia sus bienes o personas será reparado, pero la obligación legal del resarcimiento de los daños que los afecten es del propietario del establecimiento, lo que quiere decir que los clientes que resulten afectados por algún siniestro tendrán que exigir la indemnización que les corresponde a éste.

¿A quién se acude cuando el establecimiento no responde por daños en el auto?

Lo primero que recomienda la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios Financieros (CONDUSEF)  en caso de que un establecimiento no quiera hacerse responsable de los perjuicios provocados en sus bienes y en su persona, es identificar quién está deslindandose de responsabilidad, es decir, si el incumplimiento es por parte del propietario o de la aseguradora.

Una vez identificado el responsable, si se trata de la aseguradora, tendrá que levantar una queja ante la CONDUSEF y si se trata del propietario la denuncia se hace ante la Procuraduría Federal del Consumidor PROFECO.

Contratar una cobertura de Daños Materiales como medida de prevención

Lamentablemente en nuestro país existen muchísimos estacionamientos públicos que no cumplen con lo establecido en la ley, es por ello que como usuario de este tipo de servicio se debe contratar una cobertura de auto contra  Daños Materiales, la cual siempre será una excelente medida de prevención para afrontar cualquier gasto que pudiera generarse. Mediante esta alternativa, los conductores tendrán la garantía que sus finanzas se mantendrán estables si tienen algún siniestro.

Asimismo la CONDUSEF recomienda a los usuarios como medida precautoria acudir a establecimientos que den boleto de estacionamiento y que tengan una copia del seguro a la vista. Además de revisar que en el ticket aparezca el nombre o razón social y domicilio del prestador del servicio, clasificación del estacionamiento, número de boleto, hora de entrada y de salida, espacio para anotar número de placa del coche,  un número telefónico para presentar quejas, el tipo de coberturas que respaldan el establecimiento y cuáles son las condiciones para que se hagan efectivas.

Si los automovilistas desean contratar una cobertura de Daños Materiales se recomienda comparar al menos con tres compañías y hacer uso de los comparadores de seguros online como Rastreator.mx, es un sitio web donde los usuarios encuentran la póliza de auto más económica contra daños a través de la resolución de un pequeño cuestionario, además de que conocen la comparativa de precios y protecciones de las diferentes ofertas de las aseguradoras en panel. Cabe destacar que el servicio es totalmente gratuito.


Mara Delgado
Escrito por:
Mara es egresada de la FCPyS UNAM, experta en creación y posicionamiento de contenido escrito y audiovisual en entornos digitales. Se especializa en seguros e insurtech.
Revisado por Ángel Hidalgo

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