Multas de tránsito que pocos conductores conocen

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal, ahora Ciudad de México, se pueden encontrar algunas infracciones de tránsito que son poco conocidas y que, sin embargo, son efectuadas por automovilistas porque desconocen el reglamento. Alguna de estas acciones que pueden ser penalizadas son las siguientes:

Uso de luces neón y porta placas

En el artículo 43 de este reglamento se prohíbe instalar en vehículos motorizados (es decir, autos o motocicletas) faros deslumbrantes que pongan en riesgo a los peatones, luces de neón y/o porta placas, detector de radares, modificaciones en el sistema de escape con el fin de provocar ruido excesivo.

También estipula que el conductor no podrá agregar bocinas que produzcan un ruido excesivo o un sonido diferente al de fábrica. 

La multa por estas modificaciones varía, por ejemplo, los faros y luces de neón tiene una sanción de 10 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente o UMA, cerca de $1,500 pesos.  Por agregar bocinas o modificaciones de escape, se tendría que desembolsar más de $2, 200 pesos; pero si se agrega un radar el monto asciende hasta más de $3,700 pesos.

Instalación de películas de control solar muy oscuras

Se encuentra en el mismo artículo anterior en el cual se estipula que dichas películas de vidrios laterales y traseros no deben superar el 20% de oscurecimiento en los vidrios, al menos, que por razones médicas se requiera. Si es el caso, se tendrá que acreditar ante la Secretaría y hacerlo constar en la tarjeta de circulación. 

La multa por no cumplir puede llegar a $2,200 pesos.

Quedarse sin gasolina 

El conductor tiene que cerciorarse de que su coche cuente con el suficiente combustible, lubricante para el funcionamiento del auto. Asimismo los faros delanteros deben cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas.

De igual modo, se tiene que tener en óptimas condiciones las luces del coche; neumáticos que garanticen la seguridad de todos, ambas defensas, espejos retrovisores en ambos lados, dispositivo silenciador. 

Al incumplir estas obligaciones, la persona será sancionada con hasta $1,500 pesos. 

Usar claxon en tráfico lento

Utilizar la bocina de manera indiscriminada en un embotellamiento no sólo es molesto para los transeúntes, también propicia una multa de más de $750 pesos y se penaliza con un punto menos en la licencia de conducir.

Esto se puede leer en el artículo 7 del Reglamento, pero también se especifica que el insultar y golpear al personal que desempeña labores de agilización de tránsito implica una sanción de más de $2,200 pesos, al igual que adherir accesorios al coche, golpear, o maniobrar un auto con el objetivo de intimidar a otro usuarios en la vía.  

No permitir el paso a peatones 

En el artículo 8 se especifica que todo conductor debe reducir su velocidad o permitir el paso de peatones, en especial, en zonas escolares o con prioridad para transeúntes. 

En cuanto a rebasar a los transeúntes, sólo tendrán que hacerse de lado izquierdo. En caso de las bicicletas, al adelantarlos se debe hacer a una distancia lateral de 1.50 metros.

Otros aspectos en las que el conductor está obligado son los siguientes:

  • Dar prioridad a vehículos de emergencia que circulen son señales luminosas y audibles encendidas. 
  • Ascender o descender del auto sobre el carril contiguo de la acera. 

La sanción podría ser de aproximadamente $377 pesos a más de $1,500 pesos, según sea el caso. Además hay puntos de penalización en la licencia de conducir. 

No detenerse cuando el  semáforo está en rojo

No sólo se tiene que detener el vehículo en la línea del “alto”, también se debe evitar invadir el cruce peatonal. Asimismo, cuando el semáforo esté con luces intermitentes, la velocidad tendrá que disminuirse. 

L a multa por no cumplir con esto puede llegar a más de $1,500 pesos, de acuerdo con el artículo 10, en donde también se explica lo que se debe hacer cuando los semáforos no funcionan. 

Estacionarse prolongadamente en la vía pública

En el artículo 29 se detalla que al estacionar un vehículo en vía pública se debe hacer de manera momentánea o provisional, además no tiene que afectar a peatones o ciclistas ni obstruir la entrada de una cochera. 

Es de considerar que tiene que estar al sentido de la circulación y a 30 centímetros del límite del arroyo vehicular. El no cumplir esta regla amerita una multa de alrededor de $1,500 pesos. 

También se debe tomar en cuenta que está prohibido estacionarse debajo de puentes o el interior de un túnel, en vías peatonales, vías exclusivas para ciclistas, carriles exclusivos para transporte público, espacios destinados a ascenso y descenso de pasajeros. 

Tampoco está permitido aparcar frente a bancos, hidrantes para uso de bomberos, entradas y salidas de unidades de emergencia, estacionamientos y gasolineras.  Lo mismo para rampas de acceso de vehículos o lugares donde se obstruya la visibilidad de la señalización del tránsito.

La multa puede llegar a más de $2,200 pesos. 

Existen otras infracciones que se pueden encontrar en el Reglamento de cada entidad, los montos antes mencionados podrían cambiar cada año, ya que la UMA varía. 

Para conocer si se cuenta con una multa, en la Ciudad de México la página web de Consulta Ciudadana de la Secretaría de Finanzas da a conocer a los conductores las infracciones cometidas y la forma de pagarlo. Para ingresar sólo es necesario escribir la placa del automóvil.

Es importante liquidar estas sanciones vehiculares pues en la mayoría de los estados del país es un requisito para poder realizar ciertos trámites como la Verificación Vehicular. 

Y finalmente, el seguro de auto no cubre multas de tránsito, al menos, que el conductor haya sido sancionado por un accidente o siniestro vial que cubra la póliza. Por ejemplo, la póliza puede indemnizar el pago del depósito del coche cuando éste tuvo que ser enviado a la pensión por las autoridades. Aunque se aconseja que se lean las condiciones del contrato del seguro.

Gabriela Barboza

Gabriela BarbozaRastreator.mx