Impuesto sobre el producto del trabajo, ¿qué es y cómo calcularlo?

Por Elizabeth Prado 11 de junio de 2020 Tiempo de lectura estimado: 5 minutos

El Impuesto Sobre el Producto de Trabajo (ISPT) o también conocido como ISR (Impuesto Sobre la Renta) es un gravamen fiscal que se aplica a los ingresos obtenidos por los contribuyentes. De acuerdo con la Ley del ISR, tanto las personas físicas como morales que residan en México, radiquen en el extranjero pero tengan un establecimiento en el país o reciban ingresos producidos en la República Mexicana están obligadas al pago de este impuesto.

Los ingresos que se gravan con el ISPT (o ISR) son:

  • Salarios percibidos por servicio subordinado.
  • Actividades profesionales.
  • Arrendamiento o uso de bienes inmuebles.
  • Intereses obtenidos.
  • Premios obtenidos.
  • Dividendos y ganancias repartidas por personas morales.
  • Enajenación de bienes.

La tasa del ISPT no es estándar, varía dependiendo del ingreso y la diferencia puede ser de 1.9% al 35%. Algo de notar es que en caso de que la inflación anual supere al 10% del año anterior, hay un reajuste de la tasa de ISPT o ISR.

El cálculo del pago del ISPT se hace conforme a las tablas que publica el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cada año, mismas que se pueden consultar en la Miscelánea Fiscal Anexo 8 y en donde se establecen límites inferiores y superiores de ingreso, la tasa aplicable respecto al ingreso y el monto de subsidio para el empleo. Generalmente, el cálculo y la retención del ISPT lo hace el empleador, quién lo debe retribuir a la Secretaría de Hacienda, y los asalariados lo pueden notar en sus recibos de nómina con la denominación “Retención ISR”.

¿Por qué se descuenta el ISPT – ISR al salario del trabajador?

Como se ha mencionado, este es un impuesto obligatorio para todos los ciudadanos que generen riqueza en México y su recaudación sirve para que los gobiernos puedan realizar obras de infraestructura, programas sociales y demás acciones a favor de la sociedad. Las personas que tengan una relación formal y subordinada con un empleador se les retienen por anticipado este gravamen, pues el patrón está obligado a pagarlo al SAT.

Aunque es un gravamen que se contabiliza de manera anual, su recaudación es mensual; por lo que el empleador debe realizar el pago al fisco antes del día 17 de cada mes.

¿Quiénes están exentos de pagar el Impuesto Sobre el Producto del Trabajo (o ISR)?

De acuerdo con la Ley ISR, son pocas las personas exentas del pago de este gravamen, como:

  • Los trabajadores que perciban un salario mínimo de hasta 9 horas extras por semana.
  • Los empleados que perciban un aguinaldo menor a 30 veces el salario mínimo.
  • Los asalariados que perciban más del salario mínimo, tienen 50% de las horas extras exentas (si el excedente pasa el límite de 5 salarios mínimos, el excedente tiene que pagar ISPT)

Así los donativos que no excedan el 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente, las aportaciones a los fondos de ahorro y primas de seguros de vida son deducibles.

Calculadora del Impuesto Sobre el Producto del Trabajo (también conocido como ISR)

Anteriormente ya se estableció que el cálculo del ISPT se hace conforme a las tablas del ISR publicadas por el SAT. Así lo primero que se tiene que hacer es revisar en las mismas el Límite Inferior y Superior dentro del rubro que se desea calcular (sea mensual, quincenal, decenal, semanal o diario).

Posterior se deberá ubicar el rango de salario bruto mensual o ingreso total en la tabla, una vez localizado se tiene que restar el valor del Límite Inferior al ingreso, esto tiene como resultado lo que se conoce como “Base”. En la misma fila, se podrá conocer la tasa correspondiente de impuesto a aplicarse. Este porcentaje se calcula conforme a la Base y al resultado se debe sumar la “Cuota Fija”.

Ejemplo de cómo calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISPT)

Se desea calcular el ISR (ISPT) mensual de un salario de $10,000 pesos. En la tabla de ISR 2020, se debe consultar el periodo mensual y ubicar el rango de “Límite inferior” y “Límite Superior”, que es: límite inferior de $8,629.21 y se resta al ingreso mensual.

$10, 000 (Ingreso mensual)

$8, 629.21 (Límite inferior)

$1,370.79 (Base)

Una vez ubicado se resta la base de acuerdo a la tasa correspondiente al rango de ingreso:

$1,370.79 (Base)

16.00  (Tasa)

$219.33 (Resultado)

Al resultado obtenido se le tiene que sumar la “Cuota Fija”; el producto final de dicha operación es el total que se restará al mes.

$219.33 (Resultado)

+

692.96 (Cuota fija)

$912.29 * Impuesto a Retener

Esto quiere decir que de los $10,000, el impuesto a retener mensualmente es $912.29 y en total la percepción efectiva será de $9,087.71

Cambios para el ISR 2020

En términos generales, no ha habido cambios para las personas asalariadas en cuanto a obligaciones fiscales se refiere; sin embargo, sí se han reformado algunos artículos de la Ley ISR que gravan compras en plataformas y tiendas digitales, entre otros:

  • Plataformas digitales. Se reforman los artículos 2, 3,4 y 5 de la Ley del ISR, para que plataformas digitales extranjeras como Uber, Cabify, Didi, las que ofrecen servicios de hospedaje como Airbnb, y las tiendas de e-Commerce como Amazon y mercado Libre, sean sujetas para tributar en México. El formato de estas empresas es la prestación de servicios digitales por lo que no cuentan con un establecimiento permanente, pero sí con una oficina de administración, y lo que se pretende es que paguen el ISR por retenciones y trasladen el IVA en sus comprobantes que emiten para México.
  • Ventas a través de terceros por catálogo. Se crea el artículo 76-B, de la Ley del ISR, para que las personas morales que utilizan el esquema de ventas por catálogo retengan el ISR por las comisiones que pagan a sus vendedores o vendedoras. Por lo que se pretende que quien venda por catálogo deberá inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), para que dé sus datos a la persona moral y ésta retenga el ISR sobre las comisiones que genere por sus ventas.

A partir de junio de 2020, algunos de los comercios digitales incrementaron los precios en sus suscripciones para subsanar el pago de impuestos en territorio mexicano, respondiendo a la legislación de tener que pagar impuestos.

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Elizabeth Prado

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