¿Cómo funciona el Reaseguro?

Por Mara Delgado 16 de julio de 2018 Tiempo de lectura estimado: 8 minutos

Un reaseguramiento se lleva a cabo a través de un contrato mediante el cual una aseguradora transfiere los grandes riesgos que ha asumido a otra compañía llamada reaseguradora. Esto con el fin de protegerse ante desequilibrios de su capital, pérdidas de reservas acumuladas o la quiebra financiera.

Las compañías aseguradoras a veces se ven en situaciones extraordinarias como las anteriores, sobre todo cuando tienen que hacerse cargo de las garantías pactadas con sus clientes por el acontecimiento de un siniestro potencial. Por ejemplo, cuando tienen que cubrir pérdidas materiales de grandes costos como las que suceden en catástrofes inesperadas, llámense terremotos o incendios.

En otras palabras, un reaseguro se conoce como el seguro de una póliza y consiste en una protección que contrata una compañía de seguros para protegerse de grandes pérdidas financieras o posibles deudas que pudiera contraer al hacer efectivas sus obligaciones adquiridas con sus usuarios en un contrato de pólizas.

En dicha cobertura un reasegurador toma a su cargo los siniestros de la parte cedente (aseguradora), en una proporción de las obligaciones de ésta frente a sus clientes de una manera autónoma e independiente, y por la cual recibe parte proporcional de las primas correspondientes a los riesgos asumidos, o bien cubre al dador, resarciéndole y cobrándose una prima convenida a la celebración del contrato.

Los siniestros que puede asumir la compañía tomadora pueden ser parciales y totales, o sólo el remanente de daños que exceda de la cantidad asegurada por el asegurador directo.

El reaseguro es el medio idóneo para la dispersión de grandes riesgos y sumas aseguradas, gracias a la posibilidad de dividirlos en numerosas particiones que se pueden ceder a empresas de cualquier parte del mundo.

¿Qué pasa con los clientes de las aseguradoras en un reaseguro?

Los asegurados, a la hora de querer cobrar sus pólizas, no tienen qué temer por una respuesta negativa de sus compañías, debido a que lo pactado con éstas en un contrato no se altera en un reaseguramiento, ya que siempre estarán las aseguradoras obligadas a amparar a sus clientes según lo estipulado por la Ley de Seguros y Finanzas.

Esto quiere decir, que la persona que ha suscrito una póliza podrá exigirle siempre el total de la indemnización que le corresponda a la compañía con la que hizo su contrato, pero no tendrá derecho a hacerlo directamente al reasegurador. Ya que de acuerdo con la Ley Sobre Contrato de Seguro las aseguradoras siempre serán las únicas responsables respecto al asegurado, y por lo tanto siempre estarán obligadas a amparar y cumplir a sus clientes, ya que son estos los que tienen la relación contractual directa entre sí.

Además una de las funciones principales de un contrato de reaseguro es darle capacidad a la aseguradora de poder proteger a sus clientes en todo momento incluso en siniestros que impliquen una pérdida monetaria elevada.

En el caso de que una compañía no pueda recuperar la solvencia suficiente y tenga que declararse en liquidación, a través de ésta los asegurados serán los primeros en recibir el saldo acreedor de una reaseguradora.

Tipos de reaseguro

Según la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) existen en México dos grupos de contratos de reaseguro: el automático y el facultativo; y estos a su vez se dividen cada uno en contratos proporcionales y no proporcionales.

REASEGURO AUTOMÁTICO Proporcional
No Proporcional
FACULTATIVO Proporcional
No Proporcional

Automático

Se caracteriza por indicar la transferencia a una reaseguradora de un porcentaje determinado de todas las responsabilidades adquiridas o siniestros amparados por una institución de seguros. Y la reaseguradora tiene la obligación de aceptarlo.

Facultativo

Es un convenio donde la compañía que traspasa el siniestro tiene la libertad de decidir qué tipo de negocios y hasta qué límites desea protegerse, y del mismo modo el reasegurador está en la libertad de aceptar o no el contrato. Es decir, tanto el cedente como el tomador tienen la libertad de proponer, aceptar o rechazar un negocio determinado.

Contrato Proporcional

Un acuerdo proporcional o no proporcional se puede hacer tanto en un reaseguro automático como en uno facultativo.

Los arreglos proporcionales consisten en que el reasegurador acepta una parte fija de la responsabilidad asumida sobre un siniestro, haciéndose responsable de los riesgos como de los derechos, por ejemplo, las primas y una comisión que se destina para cubrir gastos de adquisición y administración. En este tipo de convenios se hace una transferencia proporcional de riesgos y primas.

A su vez los acuerdos proporcionales tienen diferentes modalidades:

Cuota Parte

En este contrato el tomador (reasegurador) acepta de manera automática una porción fija de todas las responsabilidades asumidas. De esta manera participa proporcionalmente en todos los siniestros y recibe a cambio la misma proporción de todas las primas netas.

Contrato de excedentes

Se hace con base en excedentes de retención, la compañía cedente sólo traspasa las responsabilidades adquiridas que superen su capacidad de solvencia. Además, la compañía de pólizas no está obligada a transferir todos sus riesgos. En este arreglo, la compañía dadora puede seleccionar los riesgos y retener la suma que a su juicio sea conveniente. En el caso del reasegurador, éste recibe la prima proporcional al siniestro que asume y pagará los eventuales riesgos en la misma proporción.

Open Cover

Se caracteriza porque independientemente del importe que retenga una aseguradora, ésta puede establecer un límite hasta su máxima capacidad, es decir no tiene limitaciones precisas (se maneja como un reaseguro facultativo). Pero por eso mismo, este tipo de contratos no se otorgan tan fácilmente, debido a que pueden provocar varias desviaciones de siniestralidad.

Pool

Es un contrato compuesto por una suma de retenciones de diferentes aseguradoras y reaseguradores, el cual puede tener primas a nivel regional o nacional. Además cada institución cedente participa en todos los siniestros dados pero pueden decidir el límite de su retención y de acuerdo a la modalidad elegida ya sea cuota parte o excedente.

Contrato No Proporcional

Se caracterizan por una repartición de las obligaciones asumidas entre la compañía de protecciones y el reasegurador con base en el siniestro y no en la suma asegurada, como ocurre en el reaseguro proporcional. En este tipo de contratos, se paga un costo por adquirir una cobertura que ampare los riesgos de las aseguradoras.
Sus variantes son las siguientes:

Working Cover (WXL)

Este tipo de contrato protege contra siniestros que sobrepasen determinada parte del importe que decidió conservar la institución de seguros por cuenta propia de una responsabilidad dada. Y tiene su aplicación principal en el ramo de incendios. En este caso se pueden contemplar varias primas en un contrato pero el límite con el que apoyará la reaseguradora en cada riesgo tendrá un límite.

XL Catastrófico

El exceso de pérdida catastrófico es una cobertura que ampara la acumulación o agregación pérdidas por fenómenos naturales. Normalmente sólo se utiliza cuando dos o más riesgos hayan sido afectados como consecuencia de un solo evento.

Stop Loss

Ésta protege los resultados anuales de una compañía en un ramo contra una desviación negativa debido a una incidencia de siniestros mayor a la esperada, ya sea por el número o la importancia de estos eventos.

Esto quiere decir que el reasegurador no es responsable del pago de ningún siniestro hasta que la tasa de siniestralidad exceda un porcentaje convenido de primas. A partir de este punto el tomador de peligros paga todos los riesgos, grandes o pequeños, pero sin rebasar el límite de responsabilidad establecido en el contrato.

Contexto actual del reaseguro en México

Según el Documento de Trabajo núm. 38 de la CNSF, el sector reasegurador en México desde los años noventa no ha gozado de “buena salud” por diversas razones, por un lado están las malas prácticas y abusos como el desconocimiento de las leyes mexicanas; la coincidencia de sistemas legales distintos, el descuido al colocar riesgos y la carencia de capacidad y especialización de las reaseguradoras mexicanas, por lo que grandes siniestros son colocados en los mercados internacionales de seguros.

Por otro lado está el endurecimiento del mercado internacional de reaseguro, como la disminución de las coberturas proporcionales, el encarecimiento de las cuotas de los contratos no proporcionales y la dificultad de poder colocar las responsabilidades asumidas a nivel internacional. Lo que ha provocado que las instituciones de seguros lleguen a adquirir riesgos que no están cubiertos o confirmados por compañías reaseguradoras y que ponen en juego su solvencia económica.

Sin embargo, la CNSF se ha visto en la necesidad de vigilar con más detalle la colocación de los siniestros y por lo tanto, se espera a corto plazo que aparezcan nuevas modalidades de contratos de reaseguro.

Esto no quiere decir que las personas aseguradas corran el riesgo de quedarse sin indemnización, ya que aunque todavía le falta mucho por aprender al sector asegurador mexicano, existen instituciones y empresas dedicadas a revisar la solvencia de cada compañía para que esto no pase.

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Mara Delgado

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