¿Cuál es el Reglamento de Tránsito para motos de la CDMX?

Por Mara Delgado 31 de julio de 2020 Tiempo de lectura estimado: 6 minutos

En la Ciudad de México no existe un reglamento específico para motos, ni en los demás estados de la República; sin embargo, todos los motociclistas deben acatar los reglamentos de tránsito de la entidad federativa por donde circulan. En estos se contempla de forma general a todos los vehículos motorizados y se señalan las obligaciones específicas que tienen los conductores de acuerdo al tipo de vehículo que conducen.

En particular en la Ciudad de México, los motociclistas deben estar al tanto de las normativas que cambiaron en el Nuevo Reglamento de Tránsito y que tienen que ver con la conducción de motos para evitar ser sancionados y para cuidar mejor de su vida al manejar. Son las siguientes:

 

  1. Los motociclistas y acompañantes deben utilizar un casco protector, diseñado específicamente para motocicletas, éste debe estar colocado en la cabeza y abrochado, de lo contrario podrían ser sancionados con una multa de 5 a 10 veces Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, aproximadamente $800 pesos.
  2. Preferentemente portar visores, chamarra o peto para protección con aditamentos rígidos para cobertura de hombros, codos, torso específicos para motociclistas, además de accesorios para conducción de este tipo de vehículo como guantes y botas.
  3. Circular todo el tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas para ser vistos con mayor facilidad.
  4. Los motociclistas tienen que llevar a bordo solo la cantidad de personas para las que exista plaza disponible.
  5. Se deben usar aditamentos luminosos o reflejantes en horarios nocturnos.
  6. Utilizar por seguridad un carril completo, por lo que queda prohibido circular entre carriles, a menos que sea cuando el tránsito se encuentre detenido y el conductor se dirija a colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha.
  7. Los pasajeros deben de ser mayores de 12 años.
  8.  Los menores de 18 años deben subir a la moto con los aditamentos de seguridad especialmente diseñados para su seguridad cuando no puedan sujetarse por sí mismos o no puedan colocar firmemente los pies en los estribos o posapies, de lo contrario no deberán abordar la moto.
  9.  Es obligatorio que los menores de edad con moto cuenten con permiso de conducir vigente.
  10.  Los motociclistas mayores de edad al conducir deben portar la licencia de conducir vigente y correspondiente al tipo de moto que conducen.
  11.  En las zonas con parquímetros, las motocicletas deben estacionarse en los lugares designados para estos vehículos.
  12.  Las motocicletas deben portar la placa en un lugar visible, con la lectura en dirección a la parte trasera del vehículo y con base en su eje horizontal.

¿Cuáles son las prohibiciones que tienen los motociclistas para circular?

  1. Transportar a un pasajero entre el conductor y el manubrio.
  2. Sujetarse a otros vehículos en movimiento mientras se conduce una moto, esto se castiga con una multa que va de 5 a 10 Unidades de Medida vigente.
  3. Las motocicletas menores a 250 centímetros cúbicos no pueden acceder a las vías de acceso controlado.
  4. Usar las ciclovías.
  5. Circular sobre aceras o áreas reservadas para peatones.
  6. Circular en vías con señalización que expresamente restrinja la circulación de motos. Igualmente en carriles centrales y segundos niveles de vías de acceso controlado.
  7. Realizar maniobras temerarias o cambios abruptos de carril, o rebasar los límites de velocidad previstos en las vías de circulación.

Licencia de conducir para moto

Hasta antes del 2020 para poder circular en una moto bastaba con tramitar la licencia para conducir de automóvil de uso particular tipo “A”, pero con el boom de las app de repartidores, en la Ciudad de México se consideró necesario crear una licencia de conducir que diferenciara a los conductores de repartición en moto de los de auto. Dicha disposición entraría en vigor en el 2020.

La razón principal de esta medida tiene que ver con la intención de disminuir los accidentes de tránsito donde se ven involucrados motociclistas, ya que de acuerdo con el secretario de Movilidad de la CDMX, Adrián Lajous, para poder obtener el carnet de moto se necesitará aprobar obligatoriamente un curso de manejo y pericia, bajo el programa “Moto Escuela”, debido a que los registros de accidentes de tránsito que ocurren a bordo de motocicletas en la capital, aunque son pocos, la mayoría tienen desenlaces fatales, como lesiones graves o muertes. 

La licencia no tendrá ningún costo para aquellos conductores que ya cuenten con la licencia de conducir de auto tipo “A”, pero sí lo tendrá para los que la soliciten por primera vez. 

Además, este nuevo documento servirá para ir armando un padrón de motociclistas  que se dedican al comercio.

Por otra parte, otra medida a la que deben estar atentos los motociclistas que se dediquen a la repartición de alimentos, es en el uso de una matrícula visible en el casco y el chaleco del conductor, dado que será obligatoria a partir de la modificación de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.

¿Los motociclistas deben contratar un Seguro de Moto?

Sí, no solo desde el 2019 el seguro de auto es obligatorio  por disposición oficial, también lo es la póliza de moto, en la mayoría de los estados de la República. Es un requisito obligatorio para poder transitar en carreteras y puentes federales sin ser multado, ya que de acuerdo con el artículo 74 Bis de la Ley de Caminos y Puentes Federales el conductor que circule sin este documento será acreedor a una infracción de aproximadamente 3, 300 pesos.

La cobertura obligatoria que se solicita por ley es de Responsabilidad Civil que ampara los daños que se ocasionan a terceros en sus bienes y personas, cuya suma asegurada mínima que se exige es de 50 mil pesos para daños materiales y 100 mil pesos para lesiones corporales o muerte.

Pero la razón principal para contratar un Seguro de Moto no debe ser la multa sino la prevención, pues por medio de este instrumento financiero los asegurados pueden obtener auxilio médico inmediato a nivel hospitalario en caso de un accidente vial, además de un apoyo monetario que cubrirá los gastos derivados del accidente. 

Además, en caso de robo o pérdida total de la moto por daños en colisión o por inundación, el asegurado contará con una indemnización que brindará la aseguradora evitando que caiga en endeudamientos y ayudándolo a conseguir otro vehículo nuevo.

¿Dónde contratar el Seguro de Moto Obligatorio?

Hoy en día es muy fácil encontrar y contratar la cobertura obligatoria de Responsabilidad Civil para motos que exige la ley, pues existen herramientas digitales como Rastreator, tu comparador de seguros, que facilita la búsqueda y contratación de una póliza de moto.

Mediante esta tecnología los propietarios de una moto comparan de manera online los seguros de Responsabilidad Civil de diferentes compañías del país en un solo lugar y en un par de minutos, así pueden encontrar la oferta más completa y más económica, ahorrando hasta un 40% porque contratan directamente con la compañía de su interés.

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Mara Delgado

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