Cancelación de préstamo personal ISSSTE y en otras entidades por fallecimiento

Por Gabriela Barboza 18 de mayo de 2021 Tiempo de lectura estimado: 4 minutos

Cuando el titular del préstamo personal que había contratado en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), ha fallecido o se le ha declarado con una  incapacidad permanente, los familiares pueden solicitar la cancelación del saldo no pagado. 

Para tramitar esta cancelación son necesarios los siguientes documentos: identificación oficial vigente, Formato Único de Solicitud de Trámite (FUST), último comprobante de cobro de sueldo, comprobantes o constancia de todos los descuentos y pagos efectuados para revisar que estén dentro del sistema. 

Adicionalmente, y en caso de invalidez, se necesita: copia certificada del dictamen de invalidez o de incapacidad total permanente expedido por el área correspondiente del Instituto. Por defunción es necesaria la copia certificada del acta de defunción del acreditado. 

El trámite es presencial y el interesado debe dirigirse al Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas o a la Unidad Administrativa de Prestaciones Económicas, de lunes a viernes, de 09:00 a 14:30 horas.

Dentro del sitio web del ISSSTE, se encuentra tanto el enlace del FUST como la oficina más cercana para realizar el trámite.

En este tipo de préstamo, los avales no quedarán endeudados, pero en otros tipos de créditos personales, es posible que sí suceda. 

Cancelar préstamo personal de entidad bancaria por fallecimiento del titular 

Según datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), se cuenta con 180 días naturales después de la muerte del titular de una deuda para dar aviso a las entidades financieras, se aconseja hacerlo lo antes posible para evitar algún cobro adicional, 

Para realizar el trámite, algún familiar debe dirigirse a la entidad bancaria donde se solicitó el crédito, esto para notificarle al banco sobre el fallecimiento del titular de crédito personal. Cada entidad bancaria tiene sus requisitos, pero no está de más considerar los siguientes documentos que generalmente piden: 

  • Acta de defunción en original y copia.
  • Copia de identificación oficial del fallecido.
  • Identificación oficial vigente del familiar solicitante.
  • Carta de solicitud de cancelación por fallecimiento con la firma del solicitante y el ejecutivo. El formato se entrega en las sucursales. 
  • En caso de muerte accidental, homicidio o suicidio se necesitará el acta del Ministerio Público con fe de los hechos.

Algunas entidades bancarias ofrecen un seguro por fallecimiento a la hora de solicitar el préstamo, o está incluido en el préstamo por ser cliente del banco y tiene una cuenta con la institución.

Se puede heredar la deuda del préstamo personal 

Esto ocurre cuando hay un aval o existen dos titulares en el préstamo personal. En este caso, el aval tiene la obligación de responder por la deuda del préstamo. Aunque, la mayoría de las entidades financieras solicitan un seguro de vida para cubrir el saldo no pagado del titular del crédito, siendo los créditos hipotecarios y de auto los que requieren de esta póliza de manera obligatoria. 

Otras razones por las que las deudas queden activas aún después de la muerte del titular es por lo siguiente: 

  • Cuando un familiar o cercano es co-titular del crédito.
  • A veces la deuda pasa al cónyuge.
  • Cuando se firma un aval, a esa persona se le transfiere la deuda.
  • Cuando se nombra una albacea en el testamento. 

En el caso de las herencias, cuando el titular deja bienes como casa o automóvil que estaban a créditos, y éste perece sin haber pagado la totalidad y sin algún seguro, la persona que herede los bienes puede aceptarlo, pero tendrá que asumir la responsabilidad de pagarlo. 

También puede optar a que la institución financiera cobre lo faltante del crédito a pagar, y el resto se pase al heredero. O bien, el beneficiario puede rechazar dicha herencia con ayuda de un notario, para deslindarse tanto de los bienes como de las deudas. 

Como recomendación final, los expertos aconsejan que antes de pedir un préstamo personal o de todo tipo se considere adquirir un seguro de vida para no pasar la deuda al aval o a los herederos. También puede designar a una persona de entera confianza para que sea responsable de las deudas, especialmente, para dar aviso a las entidades con las que se tiene un crédito. 

En caso de ser el responsable de los créditos de una persona, es importante tener acceso a todos los contratos, documentos y hasta contraseñas bancarias, así como de las pólizas para que el trámite sea mucho más sencillo.

Y si se es aval, y no se cuenta con los recursos financieros para saldar la deuda, una opción es hablar con el banco para diferir los pagos de la deuda, transferirlo a una única tarjeta de crédito, o encontrar un acuerdo que convenga a ambas partes. Otra opción son las reparadoras de crédito, ya que se dedican a liquidar una deuda pendiente ajustándose a las necesidades del cliente.

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Gabriela Barboza

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