Seguro de Vida contra enfermedades cardiacas en el Día Mundial del Corazón

Desde el año 2000, cada 29 de septiembre se conmemora el Día Mundial del Corazón, la celebración busca crear y promover entornos favorables para la salud cardíaca, con el objetivo de que las personas tomen decisiones en beneficio de su corazón y sistema cardiovascular, sin importar el lugar donde habiten y su edad.

La conmemoración encabezada por la Federación Mundial del Corazón y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), pretende el control y tratamiento de las enfermedades cardiovasculares y del corazón, como el infarto al miocardio y el accidente cerebrovascular, que son la primera causa de muerte en el mundo, y en especial en América.

En México fallecen alrededor de 140 mil personas cada año por enfermedades cardiovasculares, asociadas principalmente a enfermedades como la diabetes y la hipertensión, a lo que se le suman otros factores de riesgo como el tabaquismo, la obesidad, el sedentarismo, el colesterol alto y los factores hereditarios.

Ante este panorama, en que la probabilidad de fallecer de un problema del corazón es alta, para el sector de los seguros es fundamental que las personas cuenten con una protección adecuada, como la que brinda un seguro de vida. 

Una póliza de vida proporciona un apoyo económico para la familia del asegurado en caso de que éste fallezca por causas cardiovasculares o del corazón, entre otras enfermedades. Dicha indemnización pretende salvar a los deudos de problemas financieros que les impidan el logro de sus objetivos vitales. 

Cabe mencionar, que algunas pólizas de vida, también proporcionan al asegurado un adelanto de la indemnización antes de morir, en caso de que se le detecte una enfermedad terminal o en caso de sufrir invalidez permanente o absoluta a causa de un riesgo amparado en la póliza.

¿Qué enfermedades cardíacas ampara el Seguro de Vida?

En general, cualquier seguro de vida ampara la muerte del asegurado por cualquier complicación del corazón o cardiovascular, y los riesgos cardiológicos más conocidos que cubren son:

  • Infarto de Miocardio: se define como la muerte de una porción del músculo cardíaco como resultado de un suministro inadecuado de sangre al área relevante debido a una enfermedad coronaria.
  • Accidente Cerebrovascular: se trata de la muerte irreversible del tejido cerebral debido a la falta de suministro de sangre o hemorragia en la sustancia cerebral, o una hemorragia en el espacio subaracnoideo. 

Sin embargo, es importante señalar que una póliza de vida tiene sus limitaciones ante las enfermedades cardíacas, por ejemplo, podría no cubrir la muerte o afectaciones de una persona que se asegura y tiene un infarto, pero que no declaró que con anterioridad sufrió otro infarto.

Asimismo, algunos seguros de vida establecen condiciones distintas para las personas con enfermedades cardíacas congénitas, con infartos previos o en ciertas enfermedades cardiacas graves. Incluso las personas podrían ser excluidas, eso depende de cada compañía.

Aunque cabe destacar que en la mayoría de las pólizas, los riesgos anteriormente mencionados, no son motivo de exclusión. Más bien se someten a condiciones concretas de las aseguradoras, como: diferentes cuantías en la indemnización, periodos de espera o coberturas adicionales como la cobertura de Enfermedades Graves.

¿Qué enfermedades cardíacas incluye la Cobertura de Enfermedades Graves del Seguro de Vida?

Esta protección se contrata de forma adicional al seguro de vida y en los seguros de accidentes, o también puede ser un seguro por sí solo, y tiene como finalidad amparar en los siguientes riesgos cardíacos considerados como graves:

  • Infarto al miocardio
  • Intervenciones quirúrgicas para enfermedades de las arterias coronarias
  • Accidente cerebro-vascular

También ampara otras enfermedades como:

  • Insuficiencia renal crónica
  • Trasplante de órganos vitales
  • SIDA

La forma en que funciona esta cobertura consiste en pagar un monto establecido a los familiares si el titular del seguro fallece por las enfermedades amparadas, o consiste en pagar el capital establecido al asegurado, cuando se le diagnostique por primera vez, alguna de las enfermedades ya detalladas. Incluso, la suma asegurada se puede solicitar si no se produce el fallecimiento.

¿Las personas con cardiopatías congénitas pueden adquirir un Seguro de Vida?

Como se mencionó anteriormente, tener enfermedades cardiacas congénitas no tiene por qué ser una limitación para asegurar la vida, siempre hay alternativas como: los seguros específicos para cubrir enfermedades cardíacas, los seguros de vida personalizados o los seguros de vida que incluyen la cobertura de enfermedades graves. 

¿Qué cubre un seguro cardiológico?

Éste no es un Seguro de Vida, sino un Seguro de Gastos Médicos Mayores que ofrecen algunas aseguradoras como un producto único que protege financieramente frente a gastos hospitalarios y ambulatorios derivados de un evento cardiológico con o sin riesgo vital.

Se caracteriza por cubrir el 100% los gastos médicos hospitalarios y ambulatorios derivados de un evento cardiológico, asimismo cubre los gastos para medicamentos ambulatorios y ofrece servicio de rescate y traslado aéreo y terrestre en caso de una emergencia cardiaca.

Las cardiopatías que puede cubrir un seguro de este tipo son:

  • Infarto Agudo al Miocardio
  • Enfermedad Coronaria
  • Enfermedad que requiera marcapaso y Enfermedad de Válvulas Cardíacas. 
  • Enfermedad del ritmo cardíaco
  • Fiebre reumática aguda
  • Cardiopatías reumáticas agudas
  • Enfermedades hipertensivas incluyendo la eclampsia
  • Cardiopatía isquémica
  • Enfermedad cardiopulmonar, otras enfermedades del corazón (arritmias, insuficiencias, entre otras)
  • Enfermedades cerebrovasculares
  • Enfermedades de las arterias y de las venas
  • Malformaciones congénitas del sistema circulatorio
  • Muerte súbita

¿Y qué pasa con el Seguro de Vida si un riesgo del corazón amparado no causa la muerte?

Depende de cada aseguradora y de las coberturas contratadas del Seguro de Vida. Hay algunas que adelantan el 50% o 100% de la suma asegurada si se presenta la enfermedad amparada por la póliza y el asegurado no fallece, y hay otras que brindan un capital adicional cuando se presenta el riesgo.

Cabe mencionar que un infarto o un accidente cardiovascular si no causa la muerte del asegurado, podría ser causa de una invalidez permanente o absoluta. En ambos casos, las pólizas de vida más completas, incluyen de forma adicional la cobertura por invalidez y la cobertura por pérdida de miembros, las que brindan una indemnización.

¿Qué considerar antes de contratar un Seguro de Vida que cubra riesgos cardiológicos?

 Para disminuir las preocupaciones sobre si el seguro de vida de una compañía cubre o no la muerte causada por problemas cardíacos, o incluso la invalidez permanente o absoluta por la misma causa, es importante revisar a detalle las Condiciones Generales de la póliza. 

Asimismo, es fundamental tener en cuenta que cada compañía ofrece seguros de vida distintos, ya que son productos que buscan adaptarse de manera personalizada al asegurado, por lo que se recomienda comparar las garantías generales que ofrece cada uno, los riesgos que amparan, las sumas aseguradas, periodos de espera, coberturas adicionales y periodos de espera.

Para facilitar la comparativa de las múltiples pólizas de vida que hay en el mercado asegurador, se recomienda apoyarse de los comparadores online de seguros gratuitos, que además comparan precios, plazos de pago y ayudan a contratar la póliza de forma 100% online en pocos minutos.

Es importante recordar que una póliza de vida no sólo ampara ante emergencias cardiacas también lo hará ante accidentes, diagnóstico de enfermedades graves como el cáncer o cubrirá gastos funerarios. Además, se pueden encontrar planes que a la par de proteger la vida, permiten el ahorro para el retiro laboral o para los estudios superiores de los hijos o ayudan a invertir en un negocio.

Mara Delgado

Mara DelgadoRastreator.mx