¿Cómo funciona la cobertura de gastos funerarios?
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¿Qué cubre la asistencia funeraria?
En algunas compañías puede cubrir hasta nueve personas. La cobertura se extiende por toda la Republica Mexicana e incluso hay repatriación de restos si las personas se encontraban en otro país como Canadá y Estados Unidos.
Dentro del país, la póliza asiste en trámites legales que requieran las autoridades como inhumación o cremación de la persona fallecida; traslados a la sala de velación y al cementerio sin importar el lugar que se encuentre, pero que esté dentro del territorio nacional.
De igual manera, provee de una cofre metálico convencional y si lo requieren los familiares dan servicio de tanatopraxia, que es el maquillaje o arreglo del asegurado fallecido.
Asimismo otorgan salas de velación con un máximo de 24 horas de utilización o se puede llevar a cabo en el domicilio de algún familiar. Dentro de la sala, la compañía puede realizar la decoración del lugar con arreglos florales y llevar algún ministro religioso.
¿Cómo apoya el seguro si el titular fallece en el extranjero?
Dependiendo de la cobertura contratada, la compañía ampara en los trámites consulares que se requieran para el traslado. También recogerá el cuerpo en el sitio donde falleció la persona y apoyará en servicios de embalsamiento, además de tanatopraxia.
Además proveerá del féretro metálico y la protección necesaria para que se transporte por vía aérea. Ya en el país hará los trámites legales de aduana para la entrega del cuerpo y sufragará los costos de repatriación.
¿Otras formas de indemnización por gastos funerarios?
Según datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, CONDUSEF, la forma de compensación puede ser de otros tipos:
- Entrega de la suma asegurada: se brinda un monto de dicho importe según lo contratado. Es decir, si para la cobertura de gastos funerarios el valor es de $80,000 pesos, se entregará esa cantidad a los los beneficiarios del seguro de Vida.
- Reembolso: puede que los beneficiarios paguen todo los gastos que se derivaron del sepelio, entonces la compañía se los pagará después, pero dependiendo el monto contratado para dicho plan.
Principales exclusiones en asistencia funeraria
Algunas aseguradoras no indemnizan ningún servicio de sepelio si la persona beneficiada murió por alguna enfermedad preexistente. También si el fallecimiento fue a causa de un suicidio ocurrido dentro de los primeros dos años al inicio del contrato o última rehabilitación de la póliza. En este caso la compañía sólo entregará un monto de la reserva, que es sólo el importe acumulado por el asegurado de las primas liquidadas.
De igual modo, si se participa en actividades riesgosas como paracaidismo, manejo de explosivos, armas de fuego, servicio militar, actos de guerra, entre otras. Para trabajos de alto riesgo existen pólizas exclusivas en las cuales las aseguradoras podrán apoyar mejor.
Edades para contratar cobertura de asistencia funeraria
Compañías aceptan desde los 18 años hasta los 60; la renovaciones se hacen de manera automática hasta los 70 años. Para los hijos será desde los 20 o 25 días de nacidos hasta los 25 años.
Documentación en caso de fallecimiento del tomador del seguro
En caso del deceso del titular o de los beneficiarios, será necesario contar con los siguientes documentos del asegurado:
- Póliza de seguro de Vida.
- Acta de defunción: acredita la muerte de una persona.
- Acta de nacimiento, CURP y en caso de no contar con el acta de nacimiento, algunas empresas aceptan la Fe de Bautismo.
- Identificación oficial.
- Comprobante de domicilio, ésta puede ser teléfono, agua, luz o estado de cuenta bancaria.
- Último recibo de pago de la póliza.
- Cuando es muerte accidental será necesario algún informe de la autoridades correspondientes tales como necropsia, fe de hechos, estudio de alcoholemia o toxicológico,entre otros reportes dependiendo la forma en que murió el titular.
En cuanto a los documentos de los beneficiarios, será necesario que cada uno lleve su acta de nacimiento. Si es el cónyuge, será requerido el acta de nacimiento, más las identificaciones oficiales de cada uno, comprobante de domicilio, las declaraciones correspondientes hacia la aseguradora y el estado de cuenta bancario para hacer el pago electrónico.
Una vez entregada la documentación en máximo 30 días la compañía estaría entregando la suma asegurada en la cuenta bancaria de los beneficiarios.
Importancia de contratar una póliza de gastos funerarios
Según CONDUSEF, en México 3.2% de la población ha tenido que solicitar un préstamo para pagar los gastos de un funeral, ya que es un golpe financiero que muchas personas no prevén aunque la muerte sea lo único seguro en esta vida.
Uno de los beneficios de esta cobertura es la asistencia tanto monetaria para la realización del sepelio como la administrativa, ya que varias compañías brindan apoyo para realizar trámites como la obtención del acta de defunción. Si la muerte fue violenta asisten para la declaración y denuncia ante el ministerio Público o la liberación del cuerpo el el médico forense.
En cuanto a beneficios la suma asegurada es independiente para cada asegurado y muchas compañías brindan descuentos dependiendo la forma de pago que se elija, ya sea al contado o fraccionado.
Existen diversos planes con distintos montos para esta cobertura, puede ser individual o para varios hijos, ascendientes, además la renovación es automática.
Antes de contratar una póliza de Vida con Gastos Funerarios es necesario comparar los que ofrece cada institución financiera,la cotización se puede hacer por internet o teléfono, la mayoría de las compañías en México cuentan con varios medios de contratación. Asimismo, existen distintos cotizadores online que en una misma plataforma muestran lo que ofrece cada aseguradora junto con sus coberturas y precios. Al comparar se estará tomando la mejor decisión que apoye en la estabilidad económica tanto de la persona como de la familia.