Celebran arranque de la nueva Ley de Movilidad y Seguridad Vial

- La ley cuenta con 82 artículos y establece nuevos límites de velocidad a nivel nacional.
- Pone como prioridad los derechos de las víctimas y sus familiares ante siniestros de tránsito.
- Destaca el uso obligatorio de casco para ciclistas.
Este martes entró en vigor la Ley de Movilidad y Seguridad Vial en México; lo anterior fue celebrado por el colectivo oaxaqueño “Gabi Bici Blanca”.
“Amanecimos con Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Hoy la lucha por #NoMasMuertesViales comienza, y para que esta se haga realidad en las calles, dependerá del trabajo y la participación de todas y todos”, dijo Esther Soto representante del colectivo.
En la capital del país, el titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Roman Meyer Falcón, recordó que desde el 2019, la dependencia a su cargo inició el proceso de armonización normativa en materia de movilidad, en coordinación con las secretarías de Gobernación y Medio Ambiente, a través de la instalación de mesas de trabajo y con la participación de la ciudadanía.
“La ley se publicó en abril, pero a partir de hoy, es el primer paso en la garantía de los derechos de peatones y ciclistas”, añadió la activista.
La Ley de Movilidad y Seguridad Vial, está integrada por 82 artículos y señala principios como:
- La jerarquía de movilidad y los derechos de las víctimas de siniestros de tránsito y sus familiares.
- Los instrumentos de política pública de movilidad y seguridad vial para la infraestructura, del tránsito, en la gestión de la demanda.
- La sensibilización, educación y formación y formación en materia de movilidad y seguridad vial; la distribución de competencias y coordinación, así como convenios de coordinación metropolitanos.
- La participación social de las entidades federativas, municipios y zonas metropolitanas.
Del mismo modo cuenta con un artículo donde se señalan los límites de velocidad que deben aplicar en todo el país para evitar accidentes, los cuales quedan de la siguiente manera:
- 30 kilómetros por hora en calles secundarias y terciarias
- 50 km por hora en avenidas primarias sin acceso controlado
- 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado y en carreteras estatales fuera de zonas urbanas
- En carreteras y autopistas federales, la velocidad máxima para automóviles será de 110 kilómetros por hora, 95 kilómetros por hora para autobuses y 80 kilómetros por hora para el transporte de bienes y mercancías.
Del mismo modo, prevé como medidas de seguridad el uso obligatorio del cinturón de seguridad y el casco para automovilistas, las cuales solo se aplicaban en algunos estados del país.
También se adiciona la prohibición del uso del teléfono móvil y operativos permanentes de alcoholímetros en todo el país y se implementaron medidas para evitar acciones discrecionales y cobros excesivos para el transporte de mercancías.
Por otra parte, se adiciona el párrafo IV del artículo 52, para indicar que todos los tipos de licencias de conducir que expidan las autoridades sean impresas en material plástico o de forma digital mediante aplicaciones tecnológicas.
El objetivo de esta ley, que ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), es promover la inclusión y reducir el número de muertes y lesiones causados por accidentes viales.
La Cobertura de Responsabilidad Civil del Seguro de Auto también es obligatoria
Además de la nueva Ley de Movilidad y Seguridad Vial, existen otras medidas obligatorias para cuidar a peatones y ciclistas que resulten lesionados en un accidente vial, como el Seguro de Auto con cobertura de Responsabilidad Civil, que mediante una indemnización cubre las lesiones, muerte y daños materiales de terceras personas afectadas por un automovilista.
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