¿Qué es una Venta Atada y cómo protegerse de ella?

Antes de 2014 las empresas condicionaban la comercialización de un producto o servicio financiero a la adquisición de otro con la misma compañía, esto se conoce como “venta atada” y hoy en día está prohibida por la Reforma Financiera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril de 2014.

 

Así de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) queda estipulado que en los siguientes productos financieros, los clientes son libres de:

  • Cuentas de Depósito. En la contratación de un crédito se podrá señalar como cuenta para el pago, la que se tenga con otro banco, vía domiciliación.
  • Pagaré liquidable al vencimiento. Este tipo de instrumentos de inversión, ya no se podrán condicionar a la apertura de una cuenta de depósito como cuenta eje; sin embargo, el banco deberá abrir una cuenta de cargo sin costo y cuyo único fin sea abonar y retirar de la inversión.
  • Créditos hipotecarios o automotrices. En el caso de los seguros relacionados con los créditos, en los que es necesario contar con un seguro de vida y uno de daños en protección de la garantía y del patrimonio del propio usuario, la institución podrá ofrecer alternativas para que el cliente sea quien seleccione con que aseguradora contrata su póliza.

Así, el usuario tiene la última palabra en la elección de contratar con la institución bancaria o financiera que más le convenza. Parte de esta reforma es que las compañías tengan una mayor oferta y apertura al mercado, así como que ofrezcan instrumentos financieros útiles para la población.

Por lo que los bancos y agencias de crédito tendrán que ser muy claras en sus procedimientos y contratos de comercialización, indicando el costo y seguros necesarios. Si la institución no llegara a cumplir y condicionara la venta atada, podría ser sancionada con una cantidad que va de 4 mil y hasta los 20 mil salarios mínimos de acuerdo con la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y  para lo cual los usuarios podrán presentar su reclamación ante la Comisión.

¿Cómo aplican las ventas atadas a los seguros?

Muchas veces cuando se solicita un crédito hipotecario, automotriz o de cualquier tipo (incluidas las tarjetas bancarias), los bancos o instituciones financieras condicionan la contratación de un servicio o producto a la adquisición de un Seguro de Vida o de Daños con ellos mismos.

Por ello, la Condusef aconseja revisar los contratos antes de firmarlos y, de ser posible, comparar opciones de aseguramiento antes de aceptar el que ofrece la compañía bancaria, así el usuario tendrá pleno conocimiento de los distintos productos que hay en el mercado y, quizá, haya uno que se ajuste a sus necesidades.

Evite las ventas atadas del crédito automotriz

Cuando se solicita un préstamo para adquirir un coche nuevo, es necesario contar con un seguro de daños, pues el bien en garantía es el vehículo mismo, por lo que si le llegará a suceder algo, la indemnización sirve como resarcimiento a la institución financiera para terminar de pagar el crédito. Esto es reglamentario y legal, sin embargo, muchas agencias o bancos podrían caer en una venta atada para conceder el financiamiento automotriz.

Este es uno de los tipos de ventas atadas más comunes, pues generalmente al solicitar el crédito, el banco o la agencia solo dan la opción de una aseguradora para contratar el seguro de auto. Aunque algunas entidades ofrecen el primero o hasta el segundo año de seguro gratis, al término de este periodo no avisan al comprador y hacen la renovación automática con su aseguradora o dificultan el procedimiento.

Por ello, la Condusef aconseja que cuando las instituciones quieran promover un seguro atado a un préstamo automotriz es necesario que se le presenten al futuro comprador distintas opciones y solicitar el consentimiento expreso del cliente para realizar el contrato y la renovación del mismo. Es importante que se soliciten todos los documentos por escrito, ya que si hay alguna irregularidad es necesario presentarlos ante la Comisión para que pueda proceder la queja.

Consejos para protegerse de una venta atada

  1. Revisar estados de cuenta, lo que permitirá conocer si se está cobrando un servicio que no se haya contratado.
  2. Leer los contratos y los términos de lo que se está adquiriendo, pues generalmente ahí es donde vienen estipuladas las condiciones del producto financiero y los seguros que tienen que contratarse.
  3. Si hay una alguna irregularidad acercarse a la Condusef para que se brinde la asesoría necesaria.
  4. Denunciar si alguna institución bancaria o financiera ofrece resolver el financiamiento más rápido solo si se adquiere otro producto con ellos.
  5. Las entidades financieras pueden ofrecer otros productos que complementen o protejan un crédito o una tarjera, pero la contratación debe ser por separado, de lo contrario es una irregularidad que debe ser denunciada.

En caso de enfrentarse a una irregularidad de este tipo, se puede denunciar ante Condusef en la  delegación más cercana o llamar al 800 999 80 80. Estas prácticas serán sancionadas en términos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Elizabeth Prado

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