Seguros incluidos en el crédito hipotecario
Para ello las instituciones bancarias incluyen seguros en los contratos para evitar que las deudas se pasen a los obligados solidarios, que en muchos casos son los cónyuges o hijos de los que solicitaron el crédito hipotecario.
Hay diferentes tipos de seguros que otorgan y solicitan las empresas al brindar un crédito hipotecario,estas son las de Vida, Daños, Desempleo, Responsabilidad Civil, entre otros.
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Seguro de Vida
En caso de que la persona quien solicitó el crédito llegara a fallecer, esta cobertura cubrirá el saldo pendiente, de esta manera la familia no tendrá algún tipo de deuda y conservaría el patrimonio. Lo mismo ocurre si el titular tuvo un percance que lo dejó en estado de invalidez total para continuar con sus actividades diarias y que ya no le permitan recibir un ingreso mensual.
Para ello el asegurado tendrá que brindar exámenes y certificados médicos para que la compañía otorgue la suma asegurada estipulada en el contrato. La invalidez total también se le puede considerar a la pérdida de la vista de ambos ojos, amputación de ambas manos o pies, una mano y un pie, entre otros.
Es necesario leer las exclusiones porque muchas empresas no cubrirán suicidio o lesiones provocadas por el mismo asegurado.
Desempleo
Cuando el titular del crédito se queda sin trabajo, y se cuenta con esta póliza, el banco o la institución donde se solicitó la hipoteca podrá hacer los pagos mensuales hasta por seis meses. Para que sea válida esta cobertura, el asegurado tendrá que haber perdido su trabajo de forma involuntaria puesto que la compañía solicitará el finiquito expedido por la empresa, además en algunas instituciones se pide como requisito haber laborado como mínimo un lapso de doce meses.
Algunas otras empresas financieras permiten dos reinstalaciones, es decir que se pierda dos veces el empleo,más una antigüedad de crédito de 180 días.
Esta cobertura no será válida para personas con contratos por honorarios o por obra determinada y medio tiempo. Asimismo se rechazará el respaldo si la persona renuncia voluntariamente.
Seguro de Daños
Este seguro protege al inmueble ante desastres naturales o eventos inesperados y puede cubrir lo siguiente:
- Incendio: la suma asegurada puede ser del 100% del valor de la propiedad y por lo general no tiene deducible.
- Terremotos: se descuenta un 10% a la suma asegurada del costo de la construcción y para pérdidas mayores a 20 mil pesos el deducible puede ser del 10%.
- Eventos Hidrometeorológicos: se da el 100% de la suma asegurada y el deducible es del 1% del monto total de indemnización.
En la cobertura de contenidos se protegerá los bienes muebles del patrimonio, estos pueden ser dinero, joyas, obras de artes, entre otros objetos de valor que por algún incendio, terremoto, erupción volcánica se llegaran a perder. También cuenta con un deducible de aproximadamente 10% para pérdidas mayores a 20 mil pesos.
En incendio la suma asegurada puede ser del 60% del valor del inmueble y no tiene deducible, lo mismo sería para fenómenos hidrometeorológicos pero con un deducible del 1%. En esta cobertura se puede incluir Robo de Contenidos, Rotura de cristales, Remoción de escombros y apoyo en gastos extras debido al siniestro que son mudanza, almacenaje de muebles, etc.
Esta póliza no cubre la expropiación, incautación de la propiedad por alguna autoridad legal ni el deterioro natural de la construcción.
Otras coberturas para crédito hipotecario es la de Responsabilidad Civil Familiar en la que se cubren los daños que ocasione el asegurado o la familia del mismo y a otros individuos en sus propiedades y personas.
¿Cómo son los pagos?
Cuando se hace el cobro de la mensualidad del crédito al contratante, también se puede incluir el costo de los seguros. Según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Condusef, la institución financiera cobra un porcentaje del saldo insoluto (cantidad que resta por pagar) del crédito, pero en este caso los primeros meses, el seguro podría ser más caro, por lo que algunos clientes prefieren fijar una cantidad mensual para la liquidación de las pólizas.
La compañía que otorga el préstamo suele contratar los seguros al nombre del titular del crédito, pero hay casos en las que después de un tiempo, el contratante puede adquirir su póliza en otra institución financiera que cumpla con los requisitos que solicita la empresa crediticia.
¿A quién se el entrega la indemnización?
Si los daños son reparables, el monto se le entrega al asegurado para que pueda cubrir tales perjuicios, pero si el inmueble es considerado como Pérdida Total, entonces se le entregará el monto a la institución financiera que brindó el crédito. En caso de que hubiera alguna diferencia o cantidad que sobre, se le destinará al titular del préstamo.
En la reclamación lo mínimo necesario será una carta dirigida a la compañía de seguros donde se reporta el siniestro y el presupuesto de reparación.
Recomendaciones para utilizar el seguro del crédito hipotecario
- Es importante que la persona haga los pagos del préstamo en tiempo y forma.
- En caso de un siniestro, muchas compañías dan como máximo cinco días para avisar a la compañía de lo sucedido para que el ajustado llegue al lugar y se pueda hacer el cobro de la indemnización a la brevedad.
- La persona debe tener en cuenta que el caso de que el inmueble haya sufrido graves daños, el seguro hace la indemnización por el valor de la construcción, de ninguna manera lo hará del terreno.
- La compañía también puede hacer reparación de daños internos como cuarteaduras.
- Es importante que se tomen fotos del siniestro, por ejemplo, los daños que una inundación o sismo haya provocado a la vivienda.
Para estar mejor amparado, instituciones como CONDUSEF recomienda solicitar información sobre los seguros ligados al crédito y una copia de las condiciones generales y el certificado de coberturas de cada seguro en las que se deberá estipular la sumas aseguradas,exclusiones y proceso de reclamación en caso de siniestro.