Lo que se debe saber de la incorporación al IMSS de las trabajadoras del hogar

En México, el 4.8% de las personas que se encuentran empleadas se dedican a labores domésticas, es decir, hay 2.4 millones de personas que se dedican a actividades del hogar como limpieza, planchado y lavado, cuidados de menores de edad y adultos mayores, jardinería y demás servicios. Y que históricamente han sido invisibilizadas por el sistema, pues no cuentan con ningún derecho laboral, además de tener jornadas que exceden las 12 horas, no tienen prestaciones como Fondo de Vivienda, acceso a servicios de salud, pensión por invalidez laboral o por accidentes en el trabajo.

 

Ante ello, en marzo de 2019, se puso en marcha el Programa Piloto para la incorporación de las y los trabajadores del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya declarado inconstitucional que las personas trabajadoras del hogar no cuenten con derechos laborales mínimos como seguridad social.

De igual manera, en el tenor de la discusión en mayo, el Senado aprobó por mayoría absoluta la reforma a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social por el que se determina seguridad social obligatoria para los y las trabajadoras del hogar, misma que fue anteriormente ratificada por la Cámara de Diputados el 30 de abril.

Además se establece que el pago de las personas trabajadoras del hogar no puede ser inferior a dos salarios mínimos, mismo que en 2019 se aprobó en $102.68 en todo el país y $176.72 pesos diarios en la zona libre de la frontera norte que corresponde a cinco municipios de Baja California, once de Sonora, ocho de Chihuahua y de Coahuila, uno de Nuevo León y 10 de Tamaulipas.

¿De qué trata Programa Piloto del IMSS para trabajadores del hogar?

El proyecto tendrá una duración de 18 meses en su versión piloto para determinar y analizar las adecuaciones que requiera el programa. Hasta el momento se tienen registradas más de 2, 500 personas en todo el país, de las cuales 12% son hombres y 88% mujeres en un rango de edad entre 50 y 60 años, quienes perciben en promedio un salario mensual de 4 mil 900 pesos.

La iniciativa es un esfuerzo social por revertir las condiciones de desigualdad y discriminación contra las personas que se dedican a las labores domésticas, así como revindicar el valor del trabajo del hogar. También se espera que se otorgue certeza y mayor estabilidad laboral de las y los empleados domésticos.

Si bien este programa aún no es del todo obligatorio, ya que se encuentra en su etapa de prueba, se espera integrar cerca de 400 mil trabajadoras del hogar al IMSS en un año y medio. Entre los beneficios que se les otorgan están:

  • Servicio médico para cualquier padecimiento.
  • Atención por maternidad.
  • Derecho a vacaciones anuales conforme a la Ley.
  • Prima vacacional.
  • Descanso diario y semanal, con goce de sueldo.
  • Pensión Afore.

En caso de ser trabajador de planta, se deberá de incluir como mínimo 9 horas de descanso nocturno y 3 horas de receso entre actividades matutinas y vespertinas.  También se deberá de suministrar alimentos y alojamiento adecuado, seguro y digno. Además, se determinó que si el empleador solicita el uso de uniforme, éste deberá de ir por cuenta del patrón.

No se podrán contratar menores de 15 años, y tratándose de mayores de 15, las jornadas no deberán exceder las 6 horas diarias y 36 semanales. La reforma también establece como requisito deseable que las personas que se contraten tengan concluida por lo menos la secundaria, a fin de evitar la deserción escolar y truncar las oportunidades de desarrollo laboral y personal.

De igual manera se establece que el contrato de trabajo entre el empleador y la empleada doméstica se deberá de hacer por escrito con datos relevantes como domicilio de trabajo, fecha de inicio y duración del contrato, remuneración y periodicidad de pagos, horas de trabajo, vacaciones, periodos de descanso diario y semanal, así como el suministro de alimentos y alojamiento si así se requiere.

¿Cómo hacer la incorporación de los trabajadores domésticos al IMSS?

La afiliación al IMSS la pueden hacer tanto patrones como empleados domésticos. Y en caso de que la trabajadora tenga más de un empleador, ella misma deberá de dar notificación al IMSS de cuántos patrones tiene, proporcionar sus datos como nombre completo, domicilio donde trabaja y de manera opcional brindar la CURP. Para poder realizar el alta, los empleadores deberán de seguir los siguientes pasos:

  1. Tramitar el Número de Seguridad Social (NSS) de la Trabajadora en la subdelegación del IMSS correspondiente o en el sitio de Internet imss.gob.x/tramites/imss02008. Se deberá de proporcionar la CURP, Identificación oficial y Acta de Nacimiento.
  2. Una vez con el NSS, se puede solicitar el alta de la empleada doméstica en el sistema de la misma oficina de administración o en la siguiente liga serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home, para ello se requiere el nombre de la trabajadora y del empleador, domicilio de trabajo y de la persona que se va a asegurar. También se deberá de proporcionar el salario mensual percibido, número de patrones y cuántos días se labora.
  3. En línea se puede generar la línea de captura para hacer el pago de las cuotas obrero-patronales.
  4. Finalmente, se podrá registrar a la trabajadora en la Unidad Médica Familiar correspondiente en línea o de manera presencial con la CURP, Identificación oficial, comprobante de domicilio, correo electrónico, NSS y una fotografía tamaño infantil.

Las empleadas del hogar también podrán hacer el trámite de la misma manera y si llegarán a tener más de un empleador, deberá de registrarlo en el sistema del IMSS y éste mostrará la aportación de cada patrón, generando una línea de captura de manera individual para hacer el pago.

La incorporación al Seguro Social tendrá efecto cuando se proporcione el Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador y las partes tengan el formato de pago de cuotas obrero- patronales. Las prestaciones deberán de ser cubiertas por los empleadores a más tardar el día 20 de cada mes, para que la cobertura del IMSS tenga vigencia en el primer día del mes inmediato siguiente al pago.

El salario base con el que se registrará al trabajador doméstico se considerará respecto a la proporción de su salario integrado más el 50% si percibe alimentos y hospedaje por parte del empleador.

Los pagos correspondientes al Seguro de Riesgos de Trabajo se calcularán con el porcentaje del 0.54355%, correspondiente a la clase 1 de riesgo.

Si el empleado del hogar trabaja de manera exclusiva para una persona, éste deberá de cubrir la totalidad de las cuotas obrero-patronales. Pero si la trabajadora doméstica tiene más de un empleador, cada uno deberá de cubrir de manera proporcional las cuotas que le correspondan.

¿Por qué es importante el seguro para las trabajadoras del hogar?

De acuerdo con las organizaciones civiles, garantizar la seguridad social a las empleadas domésticas es un acto de justicia para este grupo de la población que sistemáticamente es estigmatizado y vulnerado por la violencia de género que viven, ya que se asume que el trabajo del hogar es una labor propia de las mujeres, añadiendo a los abusos y malos tratos de algunas personas que las emplean. Además, se enfrentan a una realidad injusta e inequitativa al tener que cumplir con jornadas extensas y salarios bajos.

Ante ello, en el 2011 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha visibilizado el problema a través del Convenio 189 y de la Recomendación 201 que establecen que los trabajadores domésticos son en igual medida personas que prestan servicios como en cualquier otro sector, por lo que se debe asegurar derechos laborales que los protejan.

Entre los puntos más importantes, la OIT establece que:

Los y las trabajadoras domésticas tienen derechos básicos como respeto y protección a la libertad de asociación, eliminación de trabajos forzosos, abolición del trabajo infantil y todas las formas de abuso, acoso y violencia, así como una vivienda y condiciones dignas.

También establece que los empleadores deben informar de manera puntual a través de un contrato los términos y condiciones de sus labores. Así como recibir un salario justo y recurrente, y seguridad social para la empleada en las que se incluyen las prestaciones por maternidad.

El Convenio 189 y la Recomendación 201 fueron ratificados por México en 2019.

Elizabeth Prado

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