Lo que necesitas saber sobre la nueva Ley Homeoffice
De acuerdo con una encuesta realizada por la consultora internacional PwC, el 97% de los empleados mexicanos están a favor de realizar trabajo a distancia, y el 30% prefiere hacerlo tres veces por semana. Asimismo, el 58% de los encuestados considera que aumentó su productividad durante el confinamiento.
Por otro lado, algunos analistas como Silvia Mosccini y Fernando Saltiel, en el seminario virtual “Covid-19, tecnología y teletrabajo: ¿Cambiará el funcionamiento de los mercados laborales en forma permanente?”, consideran que algunas empresas podrían estar invadiendo la privacidad de su personal, y otras personas trabajan más tiempo del debido para no perder su empleo.
Debido a ello y otras circunstancias, el Gobierno Federal decidió recientemente reformar el artículo 311 y adicionar un capítulo, el XII BIS, de la Ley Federal del Trabajo para incluir esta nueva modalidad de laborar, y es que no existía regulación alguna, por ejemplo, no estaba asentado que en el teletrabajo también deben existir jornadas laborales.
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¿Qué se considera teletrabajo en el nuevo decreto?
A grandes rasgos consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no se requiere que el empleado se encuentre en el centro del trabajo.
Se podrán aplicar estas nuevas disposiciones cuando las actividades laborales se desarrollen al 40% del tiempo en el domicilio de la persona. No se considerará teletrabajo cuando se realicen actividades a distancia de manera ocasional.
Nuevas condiciones laborales deberán incluirse en el contrato
Además del establecido por la ley, deberá agregarse lo siguiente:
- Equipo e insumos de trabajo, incluyendo el relacionado con las obligaciones de seguridad y salud que se entregan a la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo.
- Descripción y monto que el patrón pagará al empleado bajo la modalidad de teletrabajo por concepto de pago de servicios en el domicilio relacionados con el teletrabajo.
- Duración y distribución de horario, siempre y cuando no excedan los máximos legales.
Entre más estipulaciones incluidas en el artículo 330-B. Además, se deberá entregar el contrato de manera gratuita a todos los colaboradores que desempeñen su trabajo mediante esta modalidad.
Privacidad y salud, una de las prioridades en la nueva Ley
Dentro de esta reciente modificación, también se establece que la tecnología utilizada para supervisar el teletrabajo deberá garantizar el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras a distancia. Solamente podrán utilizarse cámaras de video y micrófonos para supervisar el teletrabajo de manera extraordinaria, o cuando la naturaleza de las funciones de su actividad lo requieran.
El patrón también deberá promover el equilibrio de la relación laboral de las personas trabajadoras y observar la perspectiva de género que permita equilibrar la vida personal, y la disponibilidad de los colaboradores bajo esta nueva modalidad.
¿Cuáles son las obligaciones del patrón?
En esta nueva forma de trabajo, los jefes deberán tomar en cuenta lo siguiente:
- Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento del equipo para realizar el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, etc.
- Asumir los costos derivados del home office incluyendo pago de servicios de telecomunicaciones como internet, además de la parte proporcional de la electricidad.
- Implementar mecanismos para la seguridad de la información y los datos de los empleados.
- Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras al término de su horario laboral.
- Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías.
¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores?
Los colaboradores deben tener mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos y materiales proporcionados por el patrón.
En cuanto al gasto de servicios de telecomunicaciones y electricidad utilizados para laborar, deberán informar de manera oportuna sobre los costos pactados.
Tendrán que obedecer las disposiciones en materia de seguridad y salud establecidas en el centro de trabajo, así como utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades.
Finalmente, deberán atender las políticas de protección de datos utilizados mientras laboran.
Nuevas condiciones laborales deberán estar establecidas en una Norma Oficial Mexicana
Mediante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se establecerán las nuevas medidas en una Norma Oficial Mexicana, en la cual se considerarán los factores ergonómicos, psicosociales, y otros riesgos que podrían causar efectos adversos en las personas que hagan teletrabajo. El Poder Ejecutivo Federal dispondrá de un plazo de dieciocho meses para publicar esta nueva norma.
Cabe señalar que los inspectores del Trabajo deberán comprobar que los patrones lleven un registro de los insumos entregados a las personas que hagan home office, además de vigilar que los salarios no sean inferiores.