¿En qué consiste el seguro de desempleo?

En México, se calcula que existen 2.5 millones de ciudadanos en desocupación abierta. De esos el 23% pierden su fuente de trabajo cada año y cerca de 290,000 se reincorporan a un nuevo empleo entre uno y tres meses. Cabe resaltar que el 70% de los empleados formales que se quedan sin ingresos, ganan menos de cuatro salarios mínimos.
Por ello, las instituciones financieras, aseguradoras, Afores y organismos gubernamentales han implementado los seguros de desempleo. Aunque en el sector privado este tipo de las pólizas distan de lo que ofrecen los programas sociales del gobierno.
Generalmente, las compañías de seguros ofrecen este tipo de protección a empresas que comercializan productos de créditos laborales, personales, automotrices, hipotecarios o cualquier otro tipo, para garantizar que en caso de que el contratante se quede sin trabajo injustificadamente, la institución bancaria pueda seguir cobrando el préstamo, esto se le conoce también como seguro deudor. Este tipo de garantía se adquiere por lo general al contratar una tarjeta crediticia o una financiación a crédito con algún banco y viene acompañada de algún seguro de vida en caso de fallecimiento.
Sin embargo, hay otras instituciones como HSBC, CHUBB e Inbursa que sí ofrecen auténticos seguros en apoyo al trabajador como sostén financiero por determinados meses.
En su línea de productos personales, ABA-CHUBB, ofrece Seguro de Desempleo que ampara al contratante con un apoyo financiero temporal.
Inbursa incluye dentro de sus artículos financieros una protección contra el desempleo.
También HSBC Colectivo comercializa la póliza de desempleo como una prestación a los empleados, que los protege en caso de despido. La garantía de esta cobertura es otorgar al trabajador un apoyo financiero por el número de mensualidades estipuladas en el contrato. De igual manera protege al asegurado en caso de quedarse incapacitado temporalmente.
Otro de los productos que ofrece esta institución es el Seguro de Desempleo con cargo a nómina, que protege al contratante por $4,000 mensuales en caso de quedarse sin sustento. Y finalmente la cobertura Desempleo para cuentahabientes de nómina, que apoya con hasta $3,000 por un trimestre.
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Recomendaciones de la CONDUSEF acerca de la cobertura de desempleo
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) recomienda que es muy importante que aquellos usuarios que tengan un seguro de desempleo de alguna institución financiera asociado a un préstamo hipotecario, automotriz, personal, de nómina o tarjeta crediticia se asesoren bien acerca de su funcionamiento y cuáles son las exclusiones que conlleva en caso de perder involuntariamente el trabajo.
Para ello, es fundamental considerar qué parte del préstamo o crédito va a subsanar la póliza de desempleo y por cuánto tiempo. En la mayoría de las ocasiones, la cobertura se hará cargo del pago mensual de dicha deuda, el cual está compuesto por la amortización al capital, pago de intereses e IVA y los seguros asociados, derechos y gastos administrativos; por un lapso de tres, seis o nueve meses. Si al término de cualquiera de estos periodos, el deudor continúa sin un sustento fijo, el préstamo o deuda se pasará a cartera vencida y se tendrá un mal historial crediticio.
También es importante considerar que el usuario deberá comprobar ante la institución correspondiente el desempleo involuntario con documentos y elementos que acrediten dicha situación, sólo entonces la financiera se podrá hacer cargo de los gastos que se tengan que hacer al préstamo. Cabe resaltar que en caso de renuncia, retiro voluntario o término de la relación laboral por mutuo acuerdo, no aplicará el seguro de desempleo.
Iniciativa del Gobierno Federal para el apoyo a personas desempleadas
De acuerdo con la Reforma Hacendaria de 2014, se modifican los artículos 4to y 123vo constitucionales, por los cuales se otorgan beneficios sociales universales como atención médica, pensiones y seguro de desempleo a personas económicamente activas.
A través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el apoyo se concede a personas que han perdido su fuente formal de ingresos de manera involuntaria y que tengan al menos 24 meses de cotización en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es decir que estén dadas de alta en el sistema de dicha institución como asalariados.
El incentivo económico equivale a la mitad del salario cotizado durante cuatro meses y en los subsiguientes dos, los beneficiarios podrán recibir un salario mínimo, con lo que se contempla una duración total de seis meses para recibir la ayuda gubernamental. Y sólo se podrá acceder una vez cada cinco años.
Como requisitos se solicita ser mayor de 18 años en condición de desempleo involuntario y ser persona buscadora activa de un nuevo trabajo. Además se deberá presentar constancia de baja patronal en el IMSS y cotización de las últimas semanas de acuerdo a los recibos de pago.
Programa social de desempleo en la Ciudad de México
El seguro de desempleo es una iniciativa del Gobierno de la Ciudad de México, con el apoyo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, que va dirigido a los ciudadanos que residan en la ciudad y que hayan perdido su fuente de trabajo formal de manera involuntaria en la capital del país.
Su principal objetivo es otorgar un incentivo económico que ayude a las y los trabajadores a superar la dificultad de haber perdido su empleo. La ayuda es concedida hasta por seis meses e incluye programas de capacitación y acceso a bolsas de trabajo para que los ciudadanos puedan reincorporarse al sector laboral.
Principalmente, va dirigido a los residentes de la Ciudad de México, mayores de 18 años y económicamente activos dentro del ramo formal que hayan perdido su trabajo por motivos de embarazo, deportación migrante, huéspedes temporales en la CDMX, ex presidiarios y personas pertenecientes a comunidades indígenas en desempleo.
Este apoyo podrá convivir con el seguro de desempleo federal siempre y cuando no existan duplicados en los beneficiarios. Además de los requisitos mencionados para ser beneficiario del apoyo federal, en la CDMX se deberá presentar constancia de baja del IMSS o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y en caso de no contar con ninguna seguridad social, el ex trabajador podrá presentar una carta de cesión laboral expedida por el centro de trabajo al que pertenecía con fecha vigente.