¿Qué es el ISR?
Retomando el artículo primero de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, indica que los obligados deben ser:
- Residentes en México sin importar la ubicación de fuente de riqueza donde proceda.
- Los residentes extranjeros que se establezcan permanentemente en el país.
- Extranjeros cuyos ingresos procedentes de fuente de riqueza situados en el territorio nacional aun cuando no cuenten con un establecimiento permanente en México.
Su importancia radica en que es un instrumento de finanzas públicas para el desarrollo del país, pues al obtener esos ingresos de los contribuyentes, el gobierno puede gestionar los gastos para la utilidad de la población.
Contenido del artículo
¿En qué casos se paga el ISR?
Los servicios o actividades que generan este impuesto y por los que se debe pagar ISR son los siguientes: salarios, honorarios, remuneraciones a miembros de consejos, arrendamiento de inmuebles y muebles, servicios turístico de tiempo compartido, enajenación de acciones, arrendamiento financiero, regalías, premios, actividades artísticas o deportivas.
También remesas y ganancias distribuidas por personas morales, venta de bienes inmuebles, mantenimiento, construcción de obras, entre otras.
¿Cuándo se paga el ISR?
El gravamen se liquida cada mes. En caso de ser una persona que trabaja en una empresa, este impuesto se retiene, por lo general es la tercera parte del sueldo, y no es necesario hacerlo por cuenta propia ya que la persona responsable del área de contabilidad se encargará de ello.
Pero los trabajadores independientes lo realizarán mediante las declaraciones fiscales, que se llevan a cabo cada año.
¿Quiénes son considerados como asalariados?
De acuerdo al Sistema de Administración Tributaria (SAT), se le considera asalariado a las personas físicas que perciben salarios y más prestaciones que derivan de un trabajo personal subordinado. No obstante se tienen que considerar tres elementos:
- La obligación del empleado de prestar su trabajo en beneficio del patrón.
- El trabajador debe estar bajo la dirección y dependencia del patrón, figura que decidirá cómo, cuándo y dónde realiza su labor.
- La remuneración por parte de este patrón por el trabajo laborado se le conoce como salario.
Considerando lo expuesto por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) hay otros ingresos que reciben este término y que deben pagar ISR como asalariados, por ejemplo:
- Funcionarios y trabajadores de la Federación, entidades y municipios.
- Miembros de las fuerzas armadas.
- Rendimientos y anticipos a miembros de sociedades cooperativas.
- Anticipos a miembros de estas sociedades y asociaciones civiles.
- Honorarios a personas que brindan sus servicios a un prestatario en sus instalaciones.
- Comisionistas o comerciantes que trabajan para personas físicas o morales.
En el caso de los asalariados ¿cuánto se les descuenta cada mes?
Mes a mes el patrón se encargará de hacer el cálculo del impuesto causado o pagos provisionales. También tendrá que calcularlo al año.
Este pago provisional tiene como base el monto total de salarios pagados a sus empleados en donde también se incluyen las primas vacacionales, primas dominicales, vacaciones, gratificaciones y más montos adicionales.
Cabe destacar que algunos pagos adicionales están exentos del ISR, por ejemplo, los vales de despensa siempre y cuando no rebasen el límite que es de aproximadamente 40% del salario mínimo.
Ahora bien, la tasa que se establece cada mes es progresiva pues va de 1.92% hasta el 35%, este porcentaje está sujeto al límite inferior y superior que se podrá observar en una tabla de rango de ganancias, el importe aumenta cuanto más ingresos se obtengan, por ejemplo:
Tarifa mensual de ISR para pagos provisionales | |||
Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre el excedente del límite inferior |
$0.01 | $496.07 | $0.00 | 1.92 |
$496.08 | $4,210.41 | $9.52 | 6.40 |
$4,210.42 | $7,399.42 | $247.24 | 10.88 |
$7,399.43 | $8,601.50 | $594.21 | 16.00 |
$8,601.51 | $10, 298.35 | $786.54 | 17.92 |
$10, 298.36 | $20,770.29 | $1,090.61 | 21.36 |
$20,770.30 | $32,736.83 | $3,327.42 | 23.52 |
$32,736.84 | $62,500.00 | $6,141.95 | 30.00 |
$62,500.01 | $83,333.33 | $15,070.90 | 32.00 |
$83,333.34 | $250,000.00 | $21,737.57 | 34.00 |
$250,000.01 | En adelante | $78,404.23 | 35.00 |
Tabla retomada de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)
¿Cuándo se hará el pago del ISR al año?
Como se ha mencionado, se presenta en la Declaración Anual, pero no todos los trabajadores asalariados tienen que hacerlo, sólo están obligados aquellos que presenten sus servicios a más de dos patrones en un mismo ejercicio o año fiscal. También aquellos cuyo monto de salario es mayor a los $400,000 pesos al año o porque voluntariamente quiere hacer este trámite.
La ventaja de hacerlo de manera voluntaria es que se pueden realizar deducciones que están permitidas por la ley. Estas reducciones de impuestos pueden ser gastos médicos, dentales, gastos funerarios del trabajador y descendientes, intereses reales por créditos hipotecarios, aportaciones voluntarias a la cuenta de retiro o Afore, primas de seguros de Gastos Médicos, etc.
Sin embargo, el total de deducciones no debe exceder el 10% de los ingresos o cuatro salarios mínimos generales, aproximadamente $98 mil 200 pesos.
¿Existen multas por no realizar la declaración anual?
La infracción es únicamente para las personas obligadas a realizar este trámite y puede llegar a más de $34,000 pesos por cada obligación fiscal que no se realiza en el tiempo indicado.
De igual modo, por no acatar los periodos establecidos o realizar dicho trámites fuera del plazo señalado, la infracción puede ser de entre $14,230 pesos hasta $28,000 pesos.