Todo lo que se tiene que saber de la pensión

Antes de empezar a explicar sobre la pensión y los tipos que existen en México, es necesario explicar que pensionado no es lo mismo que jubilado, y es que estos dos términos suelen utilizarse como sinónimos cuando jurídicamente no significan lo mismo. 

Un jubilado es una persona que obtendrá una indemnización que se acordó anteriormente con su empresa, ya sea como un tipo de prestación o por ser parte de un sindicato o algún otro tipo de colectivo del trabajo. 

Mientras que, los pensionados son aquellos que recibirán una compensación cada mes o periodo establecido por haber cotizado en el IMSS o ISSSTE. Por lo tanto, la mayoría de las personas son pensionadas. 

Hay dos principales esquemas para recibir la pensión que, de acuerdo con la Comisión Nacional para Defensa del Usuario de Servicios Financieros (Condusef), son lo siguientes:

Renta vitalicia 

El trabajador adquiere un seguro que le permitirá mayores rendimientos, y el pago continuará sin importar los años que tenga la persona. 

Sin embargo, este esquema no puede cancelarse y el pensionado no puede controlar su dinero totalmente. 

Asimismo, en caso de fallecimiento, la cantidad guardada no se heredará a hijos o cónyuge si no se encuentra dentro de los siguientes supuestos: incapacidad permanente, invalidez, cesantía en edad avanzada, vejez, retiro, viudez, orfandad y padre del trabajador.

Algunas aseguradoras de pensiones son la siguientes: Pensiones Banorte, Pensiones BBVA, Profuturo GNP, HSBC Pensiones, Metlife Pensiones, Principal Pensiones, Pensiones Inbursa, Pensiones SURA. 

Retiro programado 

Aquí juegan un papel importante las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), pues son las que entregarán esa cantidad de dinero guardado a los pensionados. Los trabajadores pueden elegir la Afore que más les interese y permite que la persona sea propietaria de sus propios recursos y, que en caso de fallecimiento, se brinde a los beneficiarios. 

Cuando sea la edad de retiro, es posible cambiarse de renta vitalicia. 

No obstante, ésta opción no garantiza la pensión de por vida y el monto a recibir puede variar porque está sujeta a los rendimientos, esperanza de vida y más opciones. 

De ahí que es importante que antes de elegir un Afore se revisen las comisiones, rendimientos, riesgo de cada administradora. Esta información es brindada por la Condusef y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Considere la tasa de reemplazo

Este concepto se refiere al porcentaje de salario que el trabajador en edad de retiro recibirá respecto al sueldo devengado antes de la jubilación. 

Por lo que, de acuerdo con el periódico El Financiero, si un jubilado cuenta con una pensión de 3 mil 975 pesos cada mes y su salario era de 8 mil 500 pesos, significa que su tasa de reemplazo es del 46,76%.

Consar sugiere que la pensión mínima requerida para satisfacer las necesidades básicas sea del 50 y 70% del ingreso que se obtenía mientras se trabajaba. Lo ideal es tener el 100% pero eso es prácticamente imposible, por lo que se aconseja aportar dinero al Afore de manera voluntaria o adquirir un Seguro para el Retiro.

No confundir Aseguradoras de Pensiones con Afore

Las primeras son las que se encargan de administrar el dinero de los empleados que ya pueden acceder a su pensión, porque ya están en la edad del retiro. Las Afores son las que gestionan el dinero de los trabajadores que aún laboran. 

En ambas situaciones Condusef cuenta con una plataforma llamada Buró de Entidades Financieras que permite conocer la evaluación de estas institución en cuanto a atención a clientes cuando tuvieron alguna reclamación por parte de sus clientes. 

Y para saber si está legalmente establecidas, se debe revisar que estén dadas de alta en la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas. 

Pensión en caso de fallecimiento del trabajador 

Ahora bien, en caso de que muera el trabajador, la pensión la puede recibir su esposa, hijos o familiares cercanos pero dependerá de cada caso que ahora se explicará. 

Pensión por viudez

El cónyuge recibirá esta compensación aún se haya separado del trabajador, y no se haya cancelado el matrimonio.

Lo mismo pasará con los hijos de algún concubinato, si es que el empleado los reconoció y se demuestra con actas de nacimiento. La cantidad de la pensión se divide en partes iguales entre toda su descendencia. 

Pensión por ascendencia 

Cabe aclarar que los hijos hasta los 25 años, cónyuge y concubinas son las primeros en recibir la pensión. En caso de que no exista esta figura, los padres del empleado pueden solicitarlo, sobre todo, si uno de ellos no trabaja. 

Si no existen padres, entonces podrán solicitarlo los hermanos y hasta nietos. 

Razones por las que no se entregará la pensión a los beneficiarios

Esto podría suceder porque el trabajador no cumplió con las semanas de cotización, por lo que la pensión de viudez u orfandad no aplica. 

Lo que sí se puede brindar son los ahorros acumulados en el Afore,de modo que si el empleado fallece antes de la edad de pensionarse por algún accidente o enfermedad, se estaría dando esta cantidad a los familiares directo.

Pero es importante resaltar que hay una  figura de beneficiarios legales en las Afore, que principalmente son:

  • Esposos o concubinos (en los últimos se debe demostrar que estuvieron cinco años juntos o tuvieron hijos, además tienen que estar libres del matrimonio durante el concubinato).
  • Hijos de hasta 25 años o que no puedan mantenerse por sus propios medios, ya sea por alguna enfermedad o incapacidad. 
  • Padres que dependan económicamente de su hijo. 

También se puede agregar beneficiarios sustitutos, pero de acuerdo a Condusef no podrán acceder a la pensión del IMSS o ISSSTE si es que no se cumplieron con las semanas de cotización. 

¿Cómo se reparte la pensión entre los beneficiarios?

Esto dependerá del tipo de beneficiario:

  • Por viudez: él o la viuda recibe el 90% de la pensión que le hubiera correspondido al trabajador, entre otras especificaciones que dependerán en caso de que, por ejemplo, la persona ya estaba pensionada antes de su fallecimiento. 
  • Orfandad: cada hijo le corresponde el 20%  
  • Padres: el 20% de lo que le hubiera tocado a cada trabajador en su pensión.

Documentación requerida para la pensión de beneficiarios

Será necesario que los beneficiarios entreguen el número de seguridad social que expide IMSS, el estado de cuenta del Afore, CURP, identificación oficial, comprobante de domicilio, constancia de dependencia económica y la copia certificada de defunción del trabajador.

No obstante, los esposos deben entregar una copia certificada de matrimonio o una constancia testimonial que acredite el concubinato. 

Para los hijos, una constancia de estudios del año en curso y el dictamen de invalidez según sea el caso. 

Gabriela Barboza

Gabriela BarbozaRastreator.mx